domingo, 31 de octubre de 2021

MUNICIPALISMO ( RACA-,RACA ...)


  Que he podido acceder  a las " Recomendaciones del Comité  de Ministros  del  Consejo de Europa  "  sobre la  participación de los ciudadanos en la  vida pública local  .

  Mucho me congratula que coincida con mis planteamientos ( ¡ ojo ! ,  que ellos coinciden con mis plan teamientos : tal parece que me han leído ) .

   Aquí , y en  otros espacios ,  tengo escrito ( en reiteradas , plasta  que es uno,  ocasiones )  sobre el tema y me complace transcribir   el Anexo I  de la Recomendación  TC n º 19 ( 2001 ) del Comité de Ministros  sobre la participación  de los ciudadanos  en la vida púbica en el nivel local . ( Compárese  con lo esrito por Menda - que no es  D. Mendo - ) : 

  1.- Garantizar el derecho de los ciudadanos  a tener acceso  a una información clara y completa y a participar en las decisiones importantes que afectan a su futuro -

  2.- Buscar nuevas vias dirigidas a reforzar el espíritu de ciudadanía y a promover una cultura de la participación democrática  compartida por las comunidades ( de vecinos / ciudadanos ) y las autoridades locales .

  3.- Desarrollar la conciencia  de pertenencia a una comunidad y estimular a los ciudadanos  para que acepten  la responsabilidad que les corresponde  en la contribución  a la vida en comuidad .

  4.-  Conceder importancia , esencial ,  a la comunicación  entre las autoridades públicas  y los ciuda danos estimulando  a los responsables  locales para que favorezcan  la participación de los ciudadanos  y consideren  ( tengan en cuenta )  sus demandas y espectativas para dar respuestas apropiadas a las necesidades  ( Aquello de la definición de Política :  identificar necesidades , priorizarlas y arbitrar los medios , de todo tipo , para satisfacerla )

  5 .- Considerar la cuestión de la participación de los ciudadanos , en su conjunto , teniend en cuenta los mecanismos de la democracia representativa  y las formas de participación directa en los procesos de decisión  y gestión de los asuntos locales .

  6.- Descartar las soluciones  rígidas ( ordeno y mando )  permitiendo la experimentación privilegiando lo propuesto por la sociedad civil  frente a la prescripción  " política " ; prever  y arbitrar  una amplia ga ma  de  instrumentos de participación  y sus  combinaciones .

  7.- Partir de una profunda evaluación de la situación referente a la participación en el nivel local , fijan do los hitos apropiados y prever un sistema de seguimiento que permita  controlar su evolución a fin de identificar  ( y corregir )  las causas de las tendencias positivas o negativas en la participación de los ciu dadanos midiendo los , posibles , impactos negativos de los mecanismos adoptados .

 8.- Hacer posible los intercambios de información sobre las mejores prácticas de participación entre los ciudadanos y el sostenimiento del aprendizaje  sobre los diversos métodos de participación  y garantizar  la información, a los ciudadanos , sobe las formas de participación .

 9.- Conceder ( prestar  una atención especial a la situación de las clases de ciudadanos que se enfrentan a las mayores dificultades para participar actívamente  o que  , per se , quedan al margen de la vida pú blica .

 10.- Reconocer la importancia de una representaciómn equitativa de las mujeres en la política munici pal , local .-

 11.-  Reconocer el potencial que los niños  y los jóvenes representan para el desarrollo duradero de las comunidades locales y destacar el papel que pueden jugar .

 12.- Reconocer y potenciar el papel de las asociaciones y las agrupaciones de ciudadanos como socios esenciales del desarrollo y mantenimiento de una cultura  de participación  pues son  fuerza de entrena miento ( escuela de ciudadanía )  para la práctica de la participación democrática .

 11.- Movilizar  los esfuerzos conjuntos de las autoridades , en todos los niveles territoriales , siendo cada una de ellas responsable de la aplicación de las acciones , apropiadas , que  sean de su competencia teniendo siempre presente el  Principio de Subsidiaridad ,


 ( Lo he traducido del francés y me he permitido alguna  licencia  ) 

   

  

sábado, 30 de octubre de 2021

MÁS MUNICIPALISMO

                                         

                                        MUNICIPALISMO 
                                                                       (Joaquín Lloret Rives ( a) Ximo Campana ) 


   La Participación ciudadana es elemento esencial en una democracia moderna , avanzada : es el corazón de toda democracia que quiera merecer tal nombre  .
  Jurídicamente , la Carta Europea de Autonomía Local - que es aplicación del Principio de Subsidiari dad , y la  Constitución Española de 1978 ( Artículos 9.2 , 23.1  y concordantes )  confieren a la par ticipación de los ciudadanos  en la vida política  carácter central  reconociéndola   como principio  y derecho estableciendo la obligación  de  la Administración Pública  en  su fomento y desarrollo .
   El modelo , actual ,  de Democracia Representativa  dificulta  , coarta  la participación de los ciudada nos en los asuntos públicos debido a sus rigideces y tecnificación : se ha impuesto una visión minima lista  ( de mínimos ) y procedimental   ( de , rígidos , procedimientos )  de la Democracia ; una Demo cracia  que solo recobra vida en los periodos electorales  ( generales , autonómicas y municipales ): los ciudadanos tienen que conformarse , cotidiánamente ,  con ser  los convidados de piedra / pagafantas de la política 
  A causa de esa muy deficiente calidad democrática , se ha extendido un  desencanto  que ha llevado a la desafección y el absentismo .
 Por  Participación ciudadana  municipal entendemos un conjunto de normas  y procedimientos pues tos  a disposición de los ciudadanos - nivel individual y asociativo - para que se integren en los procesos de toma de decisiones en su municipio : desde el planteamiento del planeamiento a su desarrollo  , ejecu ción  y evaluación .
  Es el ámbito local donde la participación de los ciudadanos adquiere dimensión y carácter esencial : el local  es el ámbito de gestión  que los ciudadanos asocian , por proximidad , con mayor intensidad  la ca lidad de una democracia .
   En las sociedades que disfrutan de una mayor calidad democrática se ha impuesto un modelo de orga nización de los servicios públicos basado en la planificación y evaluación  con intervención ciudadana  y se han introducido cambios en los marcos normativos para arrinconar  el  modelo burocrático de gest ión municipal .
  A nivel del Estado Español , el modelo de participación de los ciudadanos en la  política municipal quedó  concretado el la Ley 57 / 2003  ( 16 de diciembre )    sobre Medidas para la Modernización del Gobierno Local ( un bodrio jacobino /  neoliberal ) modificadora  de la Ley  7 / 1985 n ( 2 de abril )  Reguladora de las Bases de Régimen Local.
 Sin ánimo exhaustivo , la  Participación Ciudadana queda enmarcada  en estos cuerpos legales :
   * Declaración Universal de los Derechos Humanos  ( Art.21)
   * Pacto Internacional de Dercchos Civiles y Políticos (Art. 26.a )
   * Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea  ( Arts  11 ;  23 ; 25 ; 26 y 41 )
   * resolución del Parlamento Europeo de 22 de Abril de 2008 
   * Constitución Española  de 1978 ( Arts 1.2 ; 9.2 ; 23 : 105   y concordantes ) .
   * Ley Reguladora de Bases de Régimen Local ( 7 / 1985 )
   * R.D.  2568 / 1986  ( Arts . 128 ; 129 ; 130 ; 131 ; 133 y concordantes ) 
   * Ley  57 / 2003
   * Ley Orgánica  1 / 2002  Reguladora del  Derecho de Aociación .
   * R. D.  1497 / 2003   por la que se aprueba el Reglamento Nacional de Asociaciones.
   * Ley  11 / 2007  de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos .
      Sobre el tema es muy interesante las  Recomendaciones del Comité de Ministros de Europa ( nº 19  de  2001 ) .

        Esquema , actual , municipal  espàñol



Yo quiero que el municipio tenga vida propia y próspera ... ( Carta -manifiesto de D. Carlos de Borbón y Austria Este  - Carlos  VII- a su hermano D. Alfonso )  :  desde siempre los carlistas hemos       abogado por un Gobierno Local - Ayuntamiento , Comarca-  que represente y esté al servicio  de todos los ciudadanos .    

  El Municipio , su regiduría y gobernanza , ha sido infectado por lo peor de la Democracia Representa tiva  : la vida municipal , toda ,  está supeditada al resultado  de la lucha entre   las facciones políticas presentes en el Pleno Municipal   ;  una gobernanza de la que ha quedado excluida  cualquier interven ción  de la sociedad civil .  
  Por intereses  que todos conocemos - o deberíamos conocer -  se ha desnaturalizado la esencia muni cipal   haciendo de los alcaldes y concejales meros gestores , teledirigidos desde instancias superiores : el alcalde , en lugar de Presidente de un  Concejo ( en el que tienen voz y voto los ciudadanos  )  y cuya misión  no debe ser otra que la   procura del bien común  , actuando  como un buen padre de familia ( Código Civil  sobre la figura del administrador de bienes ajenos )  y en  defensa de los bienes patrimo niales , culturales y cívicos   ha quedado  como un dictatorzuelo  - junto a su  equipo de gobierno - más interesado en su permanencia en el cargo y en un posible medro en el seno de su partido político  que de tras consideraciones .
 El tinglado  jurídico - normativo se montó sobre el modelo partito-oligárquico  ( de arriba hacia abajo) : solo los partidos políticos pueden tener chance. Todo el sistema se montó para que el Equipo de Gobier no    pueda  hacer y deshacer  a su mayor y mejor conveniencia  partidaria  ya que  tiene en sus manos la redacción y ejecución del planeamiento , presupuestos , etc .

  Se hace necesaria   una nueva cultura política  para poder construir un Estado  racional , descentraliza do   - desconcentrado - y participativo generador de nuevas espectativas y oportunidades : una nueva legitimidad  para reconstruir el Estado desde abajo hacia arriba  . Desde el individuo y las  familia al barrio ; desde el barrio hacia la ciudad ; desde la ciudad a la comarca ;  desde la comarca a la provincia ; desde la provincia a la comunidad autónoma ; desde la comunidad autónoma  al Esta do  para lograr una desconcentración político-administrativa real y efectiva .
  Esta descentralización y desconcentración  debe ser  el resultado de una apuesta por la democratiza ción  interna de las administraciones públicas ; una democratización que tenga como resultado un incre  mento en la calidad democrática  al poner en primer plano la articulación  entre democratización de la política y la democratización de las administraciones : democratizar la democracia .

   Un Ayuntamiento debe solucionar los problemas y satisfacer las necesidades de la ciudad y sus habitantes .
  ¿ Qué cabe hacer para que las , patentes , deficiencias del sistema político - oligárquico  representati vo minoren y la participación , activa e inmediata ( sin mediadores ), de los ciudadanos en la vida del municipio , que  toda la vida política municipal quede abierta a la participación de todos y cada uno de  los ciudadanos  ?

   Los principios básicos para implantar una  Democracia abierta y participativa son :
     
   Subsidiaridad 
  Autogestión y cogestión 
   Autodeterminación .

    Solo avanzando  en el Principio de Subsidiaridad  , en la participación social , es posible vertebrar una sociedad consciente de sí misma : la participación   directa  , sin representantes , de los ciudadanos en la gestión de lo público es indispensable para  democratizar la democracia  como via que lleva al control social  sobre toda acción de gobierno : control social  como garantía de idoneidad y transpa rencia  en el uso de los recursos  , de todo tipo , disponibles .
La  DEMOCRACIA PARTICIPATIVA  minora , hasta su total eliminación , los vicios y corruptelas  que corroen el sistema oligárquico representativo : opacidad , clientelismo , nepotismo , autoritarismo , regalismo , etc . y todas sus combinaciones y variantes .                                                                               Hay que promover e incentivar el asociacionismo ciudadano arbitrando procedimientos para que todos los ciudadanos  ,mediante   los cuerpos intermedios  , tengan asiento , voz y voto en las comisiones    municipales  ( ver esquema  anexo )                                                                                                                   Hay que desarrollar e implantar   el  Presupuesto Participativo  como herramienta de implicación y participación de los ciudadanos en la gestión de su ciudad  ( identificación y priorización de las , reales, necesidades  de la ciudad y sus habitantes ) dejando  de ser meros convidados de piedra / pagafantas  y para  convertirse en  los  protagonistas principales en todo lo que acontece en su ciudad : los ciudadanos son los que diagnostican y proponen, compartiendo ideas y debatíéndolas con los representantes políti cos y  el personal técnico en / del Ayuntamiento  los  qué , cómo , quién, cuándo , etc .    y fiscalizan do  su ejecución    

  PARTICIPACIÓN Y CO-GESTIÓN      
  
 ¿ De qué instrumentos podemos disponer  para desarrollar/ ampliar la cantidad y calidad democrática ?
    Uno de ellos es de base personal : solo es posible la participación de los ciudadanos en lo público si se le es permitido y se incentiva su interés por los asuntos públicos    
     Otro es de base asociativa  : solo es posible una participación , efectiva , del ciudadano- individuo si se asocia con otros ciudadanos organizándose fuera del ámbito político- partidista ( no son incompati bles ni excluyentes  ambos ámbitos  y si complementarios  )                                                                  
    Otro de los instrumentos es de  base mixta : los procdimientos incluyen gestión compartida  ayunta miento- ciudadanos  de equipamientos y servicios  a través de grupos temáticos , de investigación de acciones participativas , grupos de planificación del desarrollo comunitario , etc .
   Estas herramientas -  que deben ser incorporadas a la política municipal -   son imprescindibles  para que los ciudadanos , individual o grupálmente , puedan ejercer  su ciudadanía responsable  al deliberar y tomar decisiones , por si mismos , sobre los asuntos públicos  :  Co-gestión de la ciudad .

   El objetivo es una Administración  relacional como vía hacia el incremento de la calidad democrati ca , a través de la participación de los ciudadano,  desterrando la primacía del lucro ; un lucro que tiene su origen en estructuras y actitudes  - de los políticos- representantes y adláteres  - nada democratico- éticas  .
  La reconstrucción del espacio públio , en tanto que político ,  se debe prolngar al espacio económico : es desde la economía pública que se debe  favorecer la implantación de una economía social , de proxi midad  , popular  : el pequeño comercio , las nano y microempresas e industrias se integran , mejor  y más fácimente , en el territorio y , por ello , tienen más faciliad y capacidad de crear empleo local y satisfacer lasnecesidades locales  con responsabilidad social y medioambiental .,
  La derivación de la prestación de servicios públicos  -  externalización -  fuera de la estructura administrativa pública solo es permisible desde la cooperación , corresponsabilidad y participación . Todo ello con valores ético-sociales .
   Las externalizacones , si no es posible soslayarlas , deben estar basadas en estrategias que posibiliten  políticas , equitativas , favorecedoras : deben ser adjudicadas favoreciendo la creación y mantenimiento de empresas de tipo cooperativo ( SAL )  locales : el Ayuntamiento debe incentivar y apoyar la creación de sociedades laborales cooperativas locales.
   
  Hay que recuperar la ciudad para los ciudadanos , para la sociedad civil, lo que requiere la re-cons trucción  de entidades urbanas , dotadas de vida propia , descentralizadas y autónomas  ( autodetermi nantes y autodeterminadas )  en las que los ciudadanos puedan desarrollarse ,como tales ,  que cuenten con equipamientos y espacios públicos dignos .

   BARRIO 

    Elemento fundamental  y base de la re- construcción de la ciudad para sus habitantes : hácese necesa ria su revalorización  como unidad vivencial con capacidad de resolver muchos de los problemas  de los ciudadanos y de la ciudad .
    El barrio debe ser escuela  de ciudadanía  poniendo en contacto las políticas públicas  con los ciu dadanos  y la realidad de las  necesidades sociales   ( económicas , urbanísticas , de servicios y equipa mientos , convivenciales , medoambientales , etc .)
   El barrio debe operar como eslabón de unión entre individualidades , grupos de ellas  y la ssociedad para facilitar la convivencia diaria  e interacción  entre personas y la Administración .
   El barrio debe ser escuela de convivencia , aprendizaje y formación social : un espacio donde el individuo se inicie en la actividad social trascendendo de su marco personal y familiar .
   El barrio debe asemejar a una iudad cláica : con todos sus equipamientos y recursos  : Barrio- ciu dad capaz de albergar , sin problemas , toda la compleja variedad  social , sus estratos  y diferentes formas de vida : la diversidad cultural .
    Barrio como espacio urbano que acoje la máxima complejidad  y heterogeneidad y potencie la co- responsabilidad civico- social .
  Barrio con recursos , de todo tipo , própios para poder autogestionarse .
   
   Hay que repolitizar la ciudad para que recobre la co- vivencia pacífica reconquistando el espacio pú blico , en tanto que racional y polivalente ,  como espacio  capaz de motivar la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos y que sean  actores en su ciudad y no simples espectadores , sujetos pasivos , pagadores de impuestos y tasas , votantes  cada X años  a listas -cerradas y blo queadas -   y unos programas  confeccionados por la oligarquías de los partidos políticos .
  
  El espacio  público municipal debe ser ámbito que ofrezca oportunidades a la participación de los ciudadanos previendo y oponiéndose a las actividades excluyentes que intente llevar a cabo la oligar quía partitocratica , el oligopolio político y  mercantilización de los servicios públicos .


                                                                       


Nota: tengo redactado , a disposición de quien lo solicite , una  "  CARTA CIUDADANA PARA LA PARTICIACIÓN DEMOCRATICA " y un "REGLAMENTO PARA LA IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO PARTIIPATIVO ".
    

domingo, 17 de octubre de 2021

INTEGRALISMO / CONSERVATISMO / TRADICIONALISMO INTEGRISTA

El  CONSERVATISMO INTEGRALISTA  es un movimiento , internacional , que aúna  toda la ideología  de las derechas ( políticas y religiosas )  . Incluido el neo- fascismo y el neo-tradicionalismo  integrista

  Sus teóricos dicen que es una filosofía política  y social enraizada en el  Cristianismo  y el Derecho Natural  . 

  Frente a los que les tachan  de conservaduros , inmovilistas  e integristas aducen que   el Conservatismo  tiene un carácter universal y  supra natural que posee la flexibilidad  necesaria  y suficiente  para amoldarse a la historia  y el progreso puesto que sus principios son básicos y fundamentales :  una columna vertebral  inmutable ; un principio que no excluye la necesidad de que sus consecuencias , sus especifidades  concretas y sus modalidades accidentales  evolucionen  , cambien y se adapten  según las circunstancias propias  de la vida cívica  y social de cada país y época : una  teoría política  abstracta  y realista , invariable , cambiante   anclada  en lo eterno pero siguiendo las alternancias  del transcurso social .

   Magnífico galimatias conceptual  y monumento a la contradictio  in terminis  , ¿ no ?.

   Su postulado  fundamental  reza que  la organización , funcionamiento y progreso de toda sociedad  civilizada  debe estar condicionada  por ciertas bases , esenciales , de espiritualidad y moralidad  ; unas bases que deben presidir  y encauzar  la vida , toda , colectiva  : esos y no otros deben ser los cimientos  sobre los que edificar toda  la estructura social : el criterio conservatista  exige atenerse  , en lo fundamental  , a los principios inmutables  ( innegociables dicen algunos ) del cristianismo  , la ética del Derecho Natural y sin sujeción , en lo accidental . a teoría alguna preestablecida  ( ¿¡ en qué quedamos ?!)  con  soluciones realistas y concretas  que aconsejen  las circunstancias - de cada lugar ,  sociedad y momento -  consideradas  como las más convenientes  para el bienestar ... siempre que estén basadas en los principios del cristianos .

  ¿ Cuales son  esos principios , superiores , inmutables e innegociables ? .

  -  Creencia en Dios y en un orden  trascendente  superior  a la voluntad  humana  . ( ¿ Teocentrismo . predeterminismo? )  : El ¡ nada sin Dios !  de los  integrotradicionalistas  

 - Respeto a las tradiciones y a la Patria .

- Reconocimiento que la autoridad   ( ¿ aún ilegítima o ilegitimidada - origen y ejercício - ? ), la familia  y el ordenamiento jurídico ( les faltó eso del orden )  son los pilares  básicos  de toda convivencia social .

- Fe en el ser humano  como  individualidad  física  y espiritual  con sus libertades  y derechos básicos pero con inevitables ( ¡ inevitables ! )  desigualdades  y limitaciones naturales  ( ¡ naturales ! ) .

 - Intención de implantar la justícia - social y económica -  ateniéndose  a las posibilidades reales  y rechazando enérgicamente el populismo con sus consecuencias  : desorden  y demagogia 

  Toda gran cuestión  política va siempre envuelta en una  gran cuestión ideológica  ( Donoso Cortés se quedó tan ancho  tras soltar  tamaña perogrullada ) 

  Para los conservatistas  , el punto de partida  del marxismo es un todo absurdo , demagógico , ateo y materialista : la  base ideológica  del conservatismo  es la creencia en Dios como cimiento de todo lo creado . Máxime en el orden político y social ( Teocentrismo que deriva al  integrismo para  terminar siendo  una teocracia  )

  El Ser Supremo  es el creador  de todo lo existente : de Él viene  todo orden moral  y es la fuente  de la naturaleza de las cosas  , por lo que es el fundamento  último del Estado , del Gobierno ,  de la organización social y del derecho positivo  ( Cualquier ayatola , rabino  , cura integrista  - de la Hermandad Sacerdotal San Pio X -  suscribiría  , sin despeinarse ,  estas afirmaciones . O ..¿no ?  )

  La fe en Dios  , nuestro Señor , en su verdadera Iglesia  , el acatamiento a las enseñanzas políticas , sociales y económicas del catolicismo  constituye  , pues ,  la  declaración  primaria y fundamental del integralismo / conservatismo como lo es del  neo-tradicionalismo y neo- fascismo  : un  fundamentalismo  teocéntrico   : teocracia . 

 Frente al internacionalismo apátrida , revolucionario  , oponen  los  integralista ,  conservatistas   e integristas el amor a la patria y sus tradiciones : el sentimiento patriótico es uno de los más nobles impulsos del alma  porque nos habla de la madre , del hogar familiar  , del suelo donde nacimos , de tradición y honor ... por lo que hay que ensalzar las "glorias nacionales " y luchar por mantener la integridad   de los bienes y valores que conforman  el patrimonio inmaterial  , moral , de la nación .

  El ideario  conservatista  atesora  concepciones  espiritupatrióticas  : honda convicción  de que la vida colectiva  debe cimentarse  en los inmutables  e innegociables  dictados  de la Iglesia Católica y el Derecho Natural ; unos dictados que exigen respeto a la autoridad -  sin discernir  sobre  la legitimidad o ilegitimidad  de origen y ejercício  de besa " autoridad "-  y al orden jurídico ( idem sobre  su legitimidad ) , al matrimonio monogámico  ( ¿ También entre personas del mísmo sexo ?  No. pues están en su contra)  y a la familia  ( ¿ también la monoparental o pareja del mismo sexo ?  Idem) , al derecho a la propiedad ( ¿ de  la función social de la propiedad no dicen nada ? )  y la dignidad del ser humano ...  que esté debídamente integrado  en la comunidad  ( los humanos  que , por la razón que sea , no estén integrados en la comunidad , ¿ no merecen  / tienen derecho  a que sean respetados sus derechos como seres humanos que son ? ) 

 Frente al despotismo y la anarquía , los conservatistas integralistas  defienden  el principio de autoridad fuerte  , institucionalizada en una Carta magna , creadora  y tuteladora del ordenamiento  jurídico positivo  (  ¿ Una dictadura constitucional de tipo fascista ? ) .

 Igualmente , abogan  por una especie de  sistema democrático  - sui gereris - por considerarlo  el menos malo  de los sistemas posibles  ....  pero recalcando que no el modelo liberal  ( roussoniano o demócrata  representativo ni , ¡por supuesto ! , participativo : su modelo es el que  se basa  en la filosofía  católica tradicional    ( ¿...? )  sin caer en el populismo barato , en el socialismo materialista .

   Para los conservatistas  es indispensable  el mantenimiento del matrimonio y la familia  ( según su concepto )  y se oponen  a cualquier intento disolvente   reclamando  protección y amparo al  núcleo familiar  (   según su concepción de éste )  mediante  una adecuada  política de asignaciones especiales : viviendas populares  , facilidades  para la educación y mantenimiento de la  prole .... Los que no se encuadran en esos parámetros , ¿ no tienen derechos ?

  La propiedad privada  , para ellos , es  un  derecho natural  e intangible  de la persona  ya que asegura  al individuo  , a la familia  el sustento material  indispensable para asegurarles  su autonomía  , su libertad e independencia frente a los poderes del Estado  y las contingencias de la vida : los bienes han sido creados para satisfacer las necesidades humanas  y , por tanto ,  los poseedores de esos bienes no solo  deben ejercer  sus facultades  en provecho propio que , también  el de la entera colectividad  ( Tal parece que  hablen  de la función social de la propiedad . Pero solo lo parece ).

  Estabilidad no es modernidad  ( Metternich )  : los conservatistas defienden  los principios , la estructura básica  de la  sociedad , cristiana , occidental  porque constituye el cauce  que canaliza el progreso  y la libertad dentro de un orden ... . ¿ De qué le ha servido al hombre la conquista del espacio y el adelanto sociológico  si se le ha despojado de todos sus bienes espirituales y morales  ? . Para los conservatistas  , por encima de todo está el Reinado de Cristo y todas las acciones humanas  deben encaminarse a ello ..

   El ideario conservatista  podría ser válido  si se le despojara  de ese tufo a integrismo religioso  y , sobre todo , si  leyeran un poco más de la Doctrina Social de la Iglesia , las conclusiones del Vaticano II ... ,y las encíclicas del Papa Francisco  y menos textos de Leffebvre y  sus seguidores .

 Hoy día los partidos  derechistas de todo pelo  han abrazado el conservatisno dándole un , más que , matiz , nacional -españolista  y nacional - católico con sesgos  cuasi fascistas ( algunos de ellos  sin ese cuasi ) añorantes  de aquella España una , grande y libre  jacobina  y autoritaria .


  Respecto a esos que se llaman carlistas pero que  no son otra cosa que integristas  , les convendría leer a Román Oyarzún Oyarzún  ( y otros ) ..., 

Los integrotradcionalistas  pretenden ser más  y mejores  católicos  que el mismísimo  Papa  y al verse faltos de algo que sustituya  al lema Rey - pues son tronovacantistas ,  accidentalistas   o republicanos   ( oximoron ésto )   quisieron y quieren  enmendarle la plana  al Papa y al  Rey legítimo   : afirmaron y afirman   que solo es preciso  el reinado  social de  Jesucristo sobre los Estados  y los pueblos : proclamaron , proclaman ,  Rey a Cristo . De ahí  el lema  Cristo- Rey , un lema que nunca fue admitido por los carlistas auténticos  ; unos carlistas  que sostenían   que las doctrinas  y enseñanzas  católicas  aplicadas  a la gobernación  de los pueblos debían encarnar en una institución  , monárquica o republicana  pero  que no podía encarnar en la Divina Persona  de Jesucristo porque Se  halla muy por encima de los partidos , de los Estados y de los pueblos o naciones sobre  los que se derrama sus enseñanzas a través  de su Ministro en la tierra : el Romano Pontífice ....

  El lema , integrotradicionalista  ( conservatista )   Cristo-Rey ha sido adoptado por la Comunión Tradicionalista , por la Comunión  Tradicionalista carlista ( no hay errata en esa minúscula )  como una muestra de rebeldía contra el Rey Legítimo  y contra lo que decidió el Pueblo carlista  en varios congresos  : la doctrina carlista quedó , en esa materia ,  plasmada en aquella frase de Carlos VII : No daré  un paso más adelante ni más atrás que la Iglesia de Jesucristo  ( cuya cabeza es el Papa  y nos debemos , como católicos , a  sus enseñanzas ) : la verdadera ,  auténtica e inconmovible, doctrina . Querer extremarla haciéndola más intransigente , más dura no es otra cosa que una impostura pretendiendo suplantar al representante  de Cristo , enmendarle la plana  oponiendo cátedra a la Cátedra .Ser más cristianos  que el Papa .

 El integrismo solo ofrece  una piedad ( ¡ sepulcros blanqueados ! )  meapilas ,  rezadora de rosarios  pero sin soluciones concretas a los problemas sociales , territoriales , y humanos del hoy .

 Los carlistas han sido, somos ,   creyentes pero no  los meapilas  que algunos pretenden  que seamos .

  

   Aquellos a los que les interese el tema   integralista , tradifacha , etc . pueden   consultar 

  " El conservatismo : ideario ,acción y futuro" . Jorge Iven Hubner 

  " El nuevo conservatismo y la revolución social cristiana " .  Reynaldo Antonio Tefel 

   Michel Creuzet .Textos varios ,

   "En defensa de la política  " , Bernard Crikk

   " Conservatismo  y nacionalismo " . Julio  Irazusta

 

  Y  Textos  tradintegristas de 

     Burke  . Varios .

   Chateubriand  . Varios 

  Lord  Hug  Cecil . Varios 

  Donso Cortés . Varios 

  Rafael Gambra . varios 

 Martin Blinkhorn . Varios

Y, si se quiere " rizar el rizo ", las publicaciones de  "Editorial Tradicionalista "  y  Carlos Roldán  o visitar (monta tanto que tanto monta ) los " muros " de  la C.T.c. y C.T.

 

 

  

 

  

viernes, 15 de octubre de 2021

LA DEMOCRACIA QUE DEBERIAMOS TENER - III-

 




EL ESTADO DEBE SER LAICO :  la legislación  debe ser promo vida , realizada y aplicada teniendo en cuenta los Derechos Huma nos  y sin injerencia   por parte de  confesión religiosa  alguna .

   El Estado no financiará , directa o indiréctamente  a ninguna de las confesiones que existan , o puedan existir , en el Estado .

   LA ENSEÑANZA  DEBE SER PÚBLICA , GRATUITA Y LAI CA  EN TODOS SUS NIVELES : la  legislación deberá primar la enseñanza pública frente a la privada ( confesional o no ) .

  La enseñanza privada  ( confesional o no )  debe ser  regulada  ateniéndose  al principio de accesibili dad e igualdad  .

   Los centros de enseñanza privada deberán , siempre , atenerse  a los programas curriculares oficiales aunque podrán complementarlos  mediante materias , específicas  ,  propias  de su línea  educativa  si  no están en franca contradicción  con los principios  que consagra la Constitución .

  Tratándose de un Estado laico , las autoridades  no deben  asistir  , en calidad de tales , a acto alguno  de carácter confesional y menos aún presidirlos . Solo podrán acudir a título personal pero poniendo to dos los medios  para que esa presencia no pueda ser confundida  como   institucional u oficial .

  En todo acto institucional u oficial  debe ser suprimida  cualquier referencia religioso-confesional y en las dependencias de la Administración  Pública  no  podrá ser exhibida simbología religiosa de ningún tipo .

   Las Fuerzas de Seguridad del Estado  y las FF.AA.  , como  Institución , no podrán concurrir  a cere monias religiosas . Naturalmente  sus miembros , a título personal , si podrán acudir  pero sin uniforme o distintivos  del cuerpo al que pertenezcan .

 


 Debe  arbitrarse , mediante  legislación específica , mecanismos  que des arrollen e implementen  la PRTICIPACIÓN CIUDADANA  DIRÉCTA  en todas aquellas cuestiones   que tengan especial  trascendencia social , eco nómica , territorial , etc.

  Unos  , que no único , de los instrumentos  que facilitan esa participación  ciudadana  es el Referendum consultivo vinculante  (el Ejecutivo  queda  obligado a ejecutar la decisión de la ciudadanía  ).

  El  Referendum  debe ser  de obligatoria convocatoria  en toda ocasión que el Ejecutivo tenga inten ción de modificar la legislación que afecte  a los derechos básicos  o pretenda crear nueva legislación  sobre esa materia .

    La legislación  sobre Referendum debe contemplar  que no sea materia exclusiva del Ejecutivo su planteamiento , que debe existir  las posibilidad de que los ciudadanos puedan  indicar materias objeto de Referendum  e instar  al Ejecutivo  para que lo convoque 

 Otra herramienta  para  la participación ciudadana es  la  INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR  :  cualquier materia  puede ser su objeto y debe ser regulada de tal forma que se simplifique  la normativa  de planteamiento  y resolución   para evitar  que Ejecutivo y/ o Legislativo  puedan impedir esa inicia tiva o ningunearla haciendo  que los promotores puedan realizar , sin trabas burocráticas ,  un segui miento en su tramitación  y que , incluso , se   faculte a los promotores  para realizar  la defensa de su (s ) proposición ( es )  en el Parlamento

  En el ámbito de Participación ciudadana - I.L.P.  , entra el  REFERENDUM REVOCATORIO  , la exigencia de dación de cuentas  -Juicio de Residencia  - .

  Los Diputados y Senadores  deben quedar obligados  a abrir y mantener  una OFICINA  DEL DIPU TADO / SENADOR   en la circunscripción  por la que fueron electos ; una Oficina  a la que los ciu dadanos ,  individual o grupalmente , puedan acudir para recabar información , presentar iniciativas o sugerencias , quejas , etc .

  Si es de suma importancia que las Leyes   estén bien hechas , es de mayor importancia   que tengan  garantía de exacto cumplimiento : para ello  debe  regularse e implementar  mecanismos apropiados para la  vigilancia  sobre  su aplicación  :  el DEFENSOR DEL PUEBLO no puede ser  una figura  va cía  de contenidos prácticos  . Debe ser elegido por votación ciudadana , por sufragio universal ,  y  su Oficina  ser dotada  de medios necesarios y convenientes para ejercer sus funciones . Sus laudos serán de obligado cumplimiento por todas las instancias de la Administración Pública .

  

LA DEMOCRACIA QUE DEBRÍAMOS TENER - II -

 

 El derecho  de la ciudadanía a una información veraz y plural  es inalienable  y , por tanto , debe existir   una normativa  , ad hoc ,  y mecanismos   que garantice  ese derecho  y  regule el tratamiento de la información  para  que los ciudadanos puedan diferenciar entre infor mación ,  opinión   y publicidad política ( línea editorial de los medios de comunicación de titularidad privada ) .

  La concentración de medios de comunicación  en pocas manos ( mo nopolio / oligopolio  informativo )  afecta muy grávemente  a la plura lidad y , por ello ,  debe ser regulada esa posibilidad  a fin de minimizar los efectos adversos de  una con centración  de los medios de información .

  Se debe imponer  la máxima  transparencia  en todo lo relacionado con la financiación , relación entre medios ,  fuentes de la información   ( dejando a salvo  el secreto profesional )  y el contraste informati vo .

  Debe ser regulado , escrupulósamente ,   el secreto profesional y el régimen de incompatibilidades  pa ra garantizar la independencia de los medios de información  respecto al poder político  y económico  .

  El sector público debe ser , completamente , independiente respecto al poder político : debe ser regula do  con claridad  la autonomía  del sector audiovisual  de titularidad pública   para propiciar la calidad , pluralidad , y participación activa en igualdad  de todos los sectores ideológicos .

  Los puestos directivos de la rediotelevisión pública deben ser cubiertos  con criterios profesionales y no políticos : concurso de méritos y  / u  oposición . Los puestos de libre designación deben desapare cer  en los medios públicos de comunicación  pues atentan  contra la independencia  del sector .

  En la Cámara de Diputados deberá existir un Comité ,  específico , de fiscalización de funcionamiento de los medios  púbicos de información , compuesto  por  un diputado de cada  grupo parlamentario .

  La ciudadanía tiene derecho a conocer , exacta y cláramente  en todos sus extremos , los compromisos - de todo tipo - de los aspirantes a cualquier puesto en la administración pública : su dedicación profesio nal / laboral y política  antes de acceder al cargo público  ( sea de la naturaleza que sea ) .

   La ciudadanía tiene derecho a  pedir , a exigir responsabilidades , políticas y jurídicas , sobre los actos de los servidores públicos . Débese , pues , legislar  para que ese derecho sea ejercible  mediante una  moción de revocación  de mandato hacia  cualquier cargo electo , sea cual sea su nivel ,  en caso de incumplimiento  de promesas electorales o mala praxis en su cometido  .

    Mientras  los cargos electos no  respondan  de sus  actos ante  la ciudadanía  , el voto  resulta  un che que en blanco  y  patente de corso  para actuar como les venga en gana y a su mayor interés personal o grupal .

   El voto  es una expresión de la soberanía popular , pero no la única .

    El voto  recibido conlleva  la obligación , de los cargos electos  , a someterse  a la voluntad de la ciu dadanía  por lo que se debe regular , claramente ,  las incompatibilidades  entre cargos públicos y priva dos  a fin de evitar  el uso de los primeros  con fines de promoción  y lucro personal  . Tras el cese   en cualquier cargo público , los cesantes  no podrán establecer relaciones laborales  / contractuales  - de la índole que sea -  con empresas privadas  que tengan  relaciones mercantiles con la Administración Públi ca  ( estatal , autonómica , provincial , municipal , etc )  o se prevea que las puede tener .

  Los cargos  públicos cesantes deberán retomar  las actividades  profesionales que ejercían antes de acceder  a cualquier puesto / cargo  .

  La remuneración de los cargos públicos  electos  deberá estar en consonancia con la que recibía en la  vida civil  y , en todo caso , no podrá superar la media  de ingresos  de cualquier profesional  del se tor privado  de nivel similar . 

   Los servidores públicos no podrán  simultanear el ejercicio público  ( estatal , autonómico , provincial y municipal ) con el privado - mercantil o profesional  -  ni con cargos orgánicos en los partidos políti cos ( ni recibir remuneración " complementaria " de éstos )  : todo su tiempo  debe  estar dedicado ,  en exclusíva , al servicio público .

  La duración  de  mandato  de  los cargos electos , debe quedar regulada a un máximo de dos legislatu ras .. 

jueves, 14 de octubre de 2021

LA DEMOCRACIA QUE DEBERÍAMOS TENER


  La Democracia , la auténtica,  es la mejor herramienta  para la de tección  de  necesidades  y arbitrar medios  para satisfacerlas  ( defi nición de política )  . Cuanto más  desarrollada esté , mayores serán las oportunidades  para mejorar  la calidad de vida de los ciudadanos .

  No se nos debe escapar  la necesidad de emprender una mejora en  la democracia española ( o a la española ) depurando todos los condicio namientos , cortapisas y rigideces que supone  la Constitución  y las leyes vigentes .

  Democracia es una forma de convivencia  en la que los problemas  , los conflictos se resuelven  en forma pacífica , con justicia y equidad  . Con plena garantía de los Derechos Humanos .

  Democracia  es distribución  , igual ,  del poder  entre todos los ciudadanos : el poder emana de los ciudadanos  y , éstos ,  deben tener  iguales oportunidades , obligaciones y derechos : todos los ciu  dadanos tienen el mismo valor .

   La igualdad  entre los ciudadanos  es el cimiento  sobre el que se edifica  la Democracia  y , esa igual dad , debe  campear en todos los aspectos  de la vida ciudadana : la democracia debe estar presente en toda la vida social y la igualdad ( que no igualitarismo )   da sentido a la Democracia .

   El marco  de convivencia democrática  no es otro que la libertad . Una libertad que no es absoluta  ya que la libertad personal  puede colisionar  con la de los demás ( tu libertad finaliza donde empieza la mía )  y , por ello ,  debe tener unos límites : una auténtica democracia  es aquella donde  hay plena liber tad  , todas las libertades . Muy especialmente  la libertad de pensamiento y expresión .

   Democracia no solo es  la preponderancia  de la mayoría  , que es el respeto a la minoría .

   El objetivo de toda sociedad , que se tilde de democrática ,  debe ser el conseguir  el más alto nivel de participación de los ciudadanos :  que el ciudadano tenga en sus manos  el control de lo público .

 La  democracia representativa  es , hoy por hoy , el único modelo que se ha llevado a la práctica pues  facilita la gobernabilidad  y la gobernanza ( no son sinónimos ) . Aunque  la Democracia Representati va  tenga  el inconveniente de tender a reducir al máximo la participación ciudadana constriñéndola  al solo marco de los partidos políticos tradicionales ; unos partidos en los que , normálmente  , sus afilia dos  tampoco tienen  oportunidades  de participación real , efectiva  .

  Se dice que la Democracia Representativa  está basada  en el sufragio universal , libre y secreto , para proveer  los cargos  públicos , en la separación e independencia  de poderes y en el control  por parte de la ciudadanía sobre ellos  .

  Ya hemos visto , en anteriores ocasiones , que nuestro sistema - Régimen del 78 - es nominálmente de mocrático y representativo pero que en realidad se trata de una  Democracia , aguada  :  más nominal que efectiva .

  Dicho ésto , ¿ qué se debería hacer para lograr  que nuestra  Democracia  mereciera tal  nombre y adje tivo  ? .

  Tenemos , gracias a los cambalaches y trapicheos  de la Transición  - y su bendición  mediante la Cons titución de 1978 -   una Democracia Representativa   con más agujeros  que un colador   y una Constitu ción  que necesita un montón de reformas  (ya que no están por la labor  de abrir un proceso constituyen te ) : un  reseteo del sistema  para instaurar  una auténtica  representación ciudadana . 

  Tenemos , dicen ,  Democracia Representativa : los ciudadanos eligen  , cada n años  , a sus represen tantes para que ejecuten ciertas políticas en nombre de la ciudadanía ; unas políticas  que debería ser  las que  , préviamente ,  ofertaron en  su programa electoral ;  un programa  cuyo contenido   recibió   el refrendo  ( mayoritario o no ) de los ciudadanos . 

   Hasta aquí la teoría , pero , efectívamente , ¿ es así ?  . A la pregunta solo cabe una respuesta : NO , 

  La Constitución de 1978  , se dice ,  consagra la separación de poderes , garantiza los derechos ciudada nos  y establece límites a esos derechos para que sean compatibles los de unos y otros .

  La Constitución de 1978 , dicen ,  garantiza los derechos y libertades fundamentales :  alimentación , vestimenta , trabajo , educación ,vivienda , sanidad , justicia y seguridad ; libertad de pensamiento y ex presión , reunión y asociación  ; el derecho  a una información plural y veraz ....

  ¿ Es eso cierto ? . En teoría y sobre el papel es cierto , pero como dijo un político decimonónico : Ha gan Vds. la Ley que  yo aré el Reglamento " ...

   A fe  que han cumplido esa sentencia :  las leyes  y los reglamentos que se han promulgado para apli car la Constitución  de 1978  han dejado a ésta  en  papel mojado  : los principios proclamados en  la Constitución  han quedado en simples declaración  sin apenas posibilidad  de , efectiva , aplicación  por parte de la ciudadanía .

  ¿ Qué reformas  habría que emprender ?

    *  La Cámara de los Diputados  , el Congreso debe ser una verdadera  Cámara de Representantes de los ciudadanos y no de los partidos políticos  .

    * El  Senado  debe ser  Cámara Territorial , de  representación de los territorios ; una Cámara donde se conoce y legisla   sobre la relación entre territorios  y éstos con el Estado 

   *  Los cargos públicos deben ser elegidos en votación , libre, directa y secreta ( el anonimato es la mayor garantía de libertad ) : con ello se evita la  disciplina de voto partidista con sus hijuelas  el clien telismo ,cooptación ,  nepotismo , regalismo , etc .

  * Reimplatación del Mandato Imperativo  de  los electores sobre los elegidos : la obediencia de los elegidos es debida  a los electores y no a los partidos políticos .

  * Reimplantación del  Juicio de Residencia :  todos los cargos políticos y administrativos , sin excep ciones , electos o designados  deben someterse , una vez finalizado su mandato , a la fiscalización - efec tiva y exhaustiva  -  sobre sus acciones e inacciones no pudiendo aceptar cargo alguno en tanto no se sus tancie esa fiscalización  . En caso de ser encontrada cualquier acción reprochable  - penal o administra tívamente -  no podrán optar a reelección  o nombramiento  con independencia de la corrección  penal o administrativa procedente  y sin que pueda acogerse  a medida de gracia alguna .

  * La  financiación de los partidos políticos , sindicatos  , etc .  debe ser  totálmente transparente y controlada por un órgano habilitado ad hoc .  Los fondos deben provenir  de las cuotas de sus afiliados  con prohibición   de cualquier financiación proviniente  de personas  físicas o jurídicas ( donaciones , subvenciones , etc )  : no debe ser permitida  la financiación externa  y las  ayudas del Estado deben cir cunscribirse  al tratamiento fiscal de sus ingresos , y facilitarles el acceso a los medios  estatales de co municación  social .

   Los gastos electorales de los partidos políticos  serán financiados por los medios propios del partido sin posibilidad  de acceso  a crédito y financiación de terceros ( entidades crediticias , empresas, etc ) .

  Los actos electorales  deben ceñirse  , exclusívamente , a dar  a conocer  sus propuestas  al elecorado . Para ello , el Estado  pondrá a disposición  de todas las candidatos - fuere del tamaño que fuere  y en condición de extricta igualdad -  todo tipo de medio de comunicación  social  e infraestructuras  de titu laridad pública  necesarios  para la realización  de sus actos informativos . Las mismas facilidades  se le dará a todos los partidos políticos durante la legislatura.

  Los partidos políticos , sindicatos , etc .  deben tener un funcionamiento interno  , a todos los niveles , democrático : obligación de elecciones internas a fin de que todos los cargos orgánicos del partido  sean elegidos por sus militantes o afiliados .

   *  El Poder Ejecutivo y el  Poder Legislativo  deben ser elegidos , diréctamente por los ciudadanos mediante elecciones separadas  -  elecciones presidenciales y elecciones  legislativas -  para conseguir  una , efectiva , separación de poderes y que el Ejecutivo dependa diréctamente de la ciudadanía y no del partido que obtuvo la mayoría .

   *  El Poder Judicial  no debe ser designado por el Poder Político :  los integrantes de sus  Organos  directivos  deben  ser elegidos  por un órgano colegiado  de carácter estatal  conformado en forma mixta  : miembros elegidos diréctamente por la ciudadanía  y por juristas elegidos por los jueces y fisca les . La función de este organo colegiado  será la de asesoramiento  a los  elegidos por la ciudadanía . Los  componentes  de la dirección  ( a cualquier nivel )  de los partidos políticos no podrán  formar par te de candidatura a elección .

  Por lo dicho ,  se hace necesaria la implantación  de Elecciones judiciales  independientes y diferencia das  de las elecciones presidencial y legislativa .

  El  Poder Judicial debe  contar con independencia financiera para que su independencia respecto  al Poder Político sea total y efectiva y su único controlador lo sea la ciudadanía .

  Los  miembros de la judicatura  deben ser elegidos entre candidatos , juristas de prestigio , propues tos por los jueces .

  El  Fiscal General del Estado  no podrá ser miembro  de partido político alguno y su elección corres ponderá al Consejo General del Poder Judicial entre candidatos  propuestos por las asociaciones de jueces y fiscales .

   Se eliminará  cualquier  Tribunal de Excepción :  Audiencia Nacional , jurisdicción Militar  ...

miércoles, 13 de octubre de 2021

JUICIO DE RESIDENCIA : INSTITUCIÓN A RECUPERAR

 

El JUICIO DE RESIDENCIA   era una Institución Jurídica  relacionada con el control  de la gestión  de los funcionarios públicos : un procedi miento por el que los cargos políti cos  y administrativos eran someti dos  a una investigación  sobre su actuación  en el ejercicio de sus fun ciones .

 Su fin era minimizar  y evitar , en lo posible ,  abusos , corrupción , corruptelas , nepotismos , etc  en el ejercicio de sus funciones  por cualquier servidor público .

  Durante el juicio  se analizaba  , municiósamente ,  el periodo de ejercício del cargo : si se había cum plido  fiel y próbamente  las funciones del cargo ostentado y usado corréctamente  los fondos  puestos a su cargo .

  Se componía de dos fases : 

   *   Secreta :  el juez designado interrogaba  a denunciantes y posibles testigos sobre la actuación  y conducta del investigado  con examen de los documentos pertinentes al ejercicio  de la función encomendada .

  Con el testimonio de los  testigos , más lo deducido  de la documentación pertinente , se procedía a  establecer los cargos  o el sobreseimiento y archivo de la causa .

 * Pública :  los ciudadanos , grupo de ellos , asociaciones , gremios  , etc .  que se consideraran perjudicados podían  , líbremente ,  presentar  sus reclamaciones  dándosele al investigado audiencia para que presentara   cuantas alegaciones , pruebas , testimonio , etc  . en su defensa que tuviera a bien  

  Finalizado este periodo de audiencias y testimonios  , deliberado al respeto , el Juez  actuante  redactaba y publicaba  sentencia  ; sentencia que era remitida  a la Audiencia  correspondiente  para aprobación y ejecución .

  Las penas impuestas iban  desde  multas  económicas  con inhabilitación  temporal o perpetua  - interdicción civil - a penas de prisión  y confiscación de bienes .

  En este procedimiento no solo e juzgaba  posibles corrupciones , que también entraba en su jurisdicción  el buen o mal gobierno -

  Esta Institución funcionó , con más o menos intensidad y fortuna  hasta que fue derogada en las Cortes ( más bien Asamblea )  de Cádiz  - 1812 : la Pepa - 

  Tómese nota  por parte  de los apolo - jetas  defensores  de las Cortes de Cádiz   y gentes no avisadas  : se eliminó  una magnífica  herramienta   de prevención ,  lucha y castigo  de la corrupción , mal gobierno  y abuso político por parte de los servidores públicos .... pero se conservó el fuero de senadores y diputados . ¡ Por algo sería !  ( Y en eso estamos ...) 

  ¿ Partidario  de la reimplantación - stricto sensu - del Juicio de Residencia  ?   Pues no , pero si de la creación de una Institución  inspirada  en él  y la eliminación  del fuero propio del Jefe del Estado - eliminando su , mal  entendida ,  inviolabilidad -, del Presidente del Gobierno , ministros , senadores y diputados , etc ..

MANDATO IMPERATIVO Y REPRESENTATIVO

 

MANDATO  es el poder que se delega en una persona  u organización  con vistas a desarrollar una acción predifinida  y según orientaciones precisas sobre  las que el mandatario no tiene potestad para obviar o modificar .

   Los políticos  no son  , o no deberían  ,  otra cosa que mandatarios  obligados a cumplir   ( programa / contrato  ) el  mandato  que recibió  , vía votación ,   de una parte   más o menos amplia , de la ciudadanía  ( mandantes ). 

  El programa electoral  no debería  ser otra osa  que una suerte de contrato entre partes : oferente  y ofertado . 

   El  Mandato imperativo es plasmación  de la soberanía popular (Rousseau ) ; soberanía popular como cosa muy distinta a la , gaseosa  soberanía nacional  - tan invocada por algunos últimamente - : los elegidos  no ostentan otra representación  que la de los que los eligieron  . 

  Los diputados  / senadores  y el Gobierno  NO pueden actuar al margen del contenido del programa  que  obtuvo la aquiescencia de la mayoría del electorado : el programa  es un contrato suscrito entre elegibles y electores .

 Los electores NO eligen  a una (s) persona(s)  , individual(es ) y concreta(s) ,  que eligen  un  programa  que se les ofreció  y   que los electos están obligados a llevar a buen término .  

 La constitución vigente , en su Art. 67.2  , hace referencia a diputados y senadores como  Poder Legislativo  y  afirma que  no están ligados por mandato imperativo alguno ...

 Según  el texto constitucional ,  ningún diputado / senador puede / debe recibir instrucción - coerción alguna a la hora de ejercer su función representativa  puesto que  deben ser , tienen que ser  ,  independientes . 

 La filosofía  de ese principio radica en que un diputado/ senador es el representante / mandatario  de un conjunto de electores - mandantes  para que materialice   , en legislación y normativa  , un progtama contrato determinado .

  Y aquí viene la trampa política : se ha establecido   ( por no se qué regla de tres ) que los senadores / diputados  , en el mismo momento que toman posesión del escaño , quedan investidos como  Representantes de la Nación  toda  y no de la parte de esa Nación que le otorgó su confianza _ y , en teoría , no sujeto  a  otro mandato .

  La eliminación  / prohibición  del mandato imperativo se basa , dicen ,  en la garantía  de que los diputados / senadores  tengan  independencia política  ( voto en conciencia ) ....

  Veamos lo que ha venido sucediendo desde aquel , lejano ,  1978  : los diputados / senadores   no han venido actuando independientemente , con libertad de voto según  leal entender  , que han venido actuando como marionetas  en manos de quienes los digitalizó  parta figurar en  las listas electorales ;  aprieta botónes a las órdenes de su jefe de fila  ; un jefe de filas  que sigue a pié juntillas las órdenes que recibió de sus superiores .

   Esto descrito , ¿ no es un mandato imperativo  , aunque borde , prohibido en la Constitución ?

   Ni en la  letra  y espíritu  de  la Constitución   figura  el mandato imperativo  más que para prohibirlo , pero los diputados / senadores no tienen libertad , real y efectiva ,  para votar leyes - legislar -  y , por tanto , el Poder Legislativo ha sido secuestrado  por la partidocracia (el que se mueve no sale en la foto )

  El sistema  democrático español fue diseñado como un  remedo de democracia formal y , con el paso del tiempo , ese pecado original  ha ido agravándose  : todo el sistema parlamentario está bajo el control de los primates ( no es insulto )  de los partidos políticos ; unos partidos de cuadros  , verticales  

  Todo el sistema  que se montó en España  es pura contradicción  a la teoría democrática  con una permanente y sistemática violación  de la prohibición , constitucional ,  del mandato imperativo . Y ello nos ha traído  a lo que tenemos :  la dictadura partitocrática  .

  Todas las leyes  que se han venido aprobando desde la promulgación de la Constitución lo han sido contraviniendo el  espíritu constitucional : ninguna es emanación de la voluntad de los ciudadanos , que  han sido y son  de  los partidos dominantes y a su mayor conveniencia . Y lo que es peor : la conveniencia de terceros  .

  ¿ Son inconstitucionales todas las leyes al haber sido , reiteradamente , conculcada la prohibición  constitucional por la que un diputado / senador no puede estar sometido  a mandato imperativo alguno ni puede tolerar instrucciones en su deliberación ni a la hora de emitir su voto ?.

martes, 12 de octubre de 2021

PROCESO CONSTITUYENTE : POSIBLE DERROTA

 

1.- Derogación de la L.O. 2011 ( LOREG )  y de todas aquellas  que contengan trabas a la libre expresión  y concurrencia  ciudadana .

2.- Declaración  de situación en funciones del Gobierno central y autonómicos .

3.- Referéndum nacional para que la ciudadanía se pronuncie sobre la forma de Gobierno ( monarquía o repúbica )  y  sistema administrativo territorial ( centralista , autonómico , federal ...)

4 .- Convocatoria a elecciones constituyentes  a la que los partidos políticos , asociaciones  y agrupaciones de electores , coaliciones ,  ... concurran  con sus programas sin  restricción alguna en el contenido proposicional ( con mandato imperativo ).

5.-.- Constitución   de la Cámara de representantes  y nombramiento de un Gobierno Provisional  con el voto de , al menos , el 51 %  de la Cámara .

 6.-  Redacción , de la nueva Constitución de acuerdo con los resultadosdel referendum  sobre forma de Estado y territorial   y sometimiento a la Cámara del texto .

7.-  Referéndum Nacional  para la aprobación o no del nuevo texto constitucional . En caso de no recibir refrendo , se  devolverá a la Cámara el texto para realizar las correcciones pertinentes .

8.- Elecciones , si procede , en los diversos territorios  para constituir sus  respectivas cámaras  , nombrar  su Presidente , redactar su propia Constitución , etc .


 

 

lunes, 11 de octubre de 2021

PROCESO CONSTITUYENTE .... X

 

 Una revisión  de la Constitución  es , jurídicamente , posible aunque   peliaguda  debido a las rigideces que contiene , en su letra , al respecto : el problema queda focalizado en la viabilidad de un acuerdo  entre todos , todos ,  los partidos políticos para proceder  a una revisión sosegada , sin  prejuicios , posturas inmovilistas  ni  vetos apriorísticos  haciendo propuestas claras  sobre los cómo y por qué .

  No hay que confundir  una revisión  - o sustitución -  con las sibilinas demandas de los enemigos  ( más o menos ocultos )  de las libertades públicas y de la democracia :  los hay a derecha e izquierda asomando su plumero  , dejando indicios  de sus deseos  - ¿ otro  golpe de timón ? - de un cambio  que anule todo lo que  de bueno  que tiene - a pesar  de su espíritu y letra - la Constitución  como , incompleto  , rompimiento con lo anterior a ella .

  La revisión constitucional , prevista en la literalidad de la propia Constitución ,  no es hacer  tabla rasa  de toda ella : se trata de hacer aquellos retoques  que la experiencia ha demostrado ser necesarios para eliminar las disfunciones   causa del corsé , inflexible ,  al que ha llegado a ser  el texto constitucional  :  un texto intocable  e interpretable unidireccionalmente .

  Habría que transformar el Senado  para que sea una , auténtica  Cámara Territorial  que tenga como fin la integración , coordinación  y garantía del interés general ; una Cámara interprete y valedora de los intereses del Estado y las CC.AA. y cuyos dictámenes  sean vinculantes , tanto para el Estado como para las CC.AA.; un Senado que conozca e intervenga  y arbitre  en los conflictos entre CC.AA. y entre éstas y el Estado dejando para último recurso la apelación al T.C.

 En el senado , como Cámara Territorial , debe existir  tantas comisiones  sean necesarias  cuyos acuerdos  tengan carácter vinculante  tanto para el Estado como  para las CC.AA.

  Debería crearse un  Consejo de Planificación Nacional  - ya  previsto en el Art, 131 de la Constitución pero que brilla por su ausencia -  como un  instrumento federal  de coparticipación ; un Consejo  que formule planes  nacionales  y que no debe ser confundido con el Consejo Económico y Social 

  Debe ser  promulgada una  Ley de Ordenación  General de la Economía que clarifique  las potestades del Gobierno central y de las CC.AA. en materia  económica .

  Débese   desarrollar  y promulgar  todas las  Leyes Básicas  , previstas en la propia Constitución ,  con  contenido vinculante  para todas las CC. AA. 

 Lo dicho es  simple apaño para ir tirando  hasta iniciar  una , nueva , transición  que  lleve  a una  refundación de Las Españas  mediante un proceso  constituyente .

 Pero , se preguntarán algunos ,  ¿ es  necesario  abrir un proceso constituyente ?

  La respuesta , creo , no puede ser otra que una rotunda afirmación  : es perentorio  lograr un avance democrático  a través de un proceso constituyente  para dar solución  a las , evidentes , carencias democráticas del sistema vigente ; un sistema implantado, como ha quedado dicho ,  por aquella partida de tahures  ; una partida en la que todos hicieron trampas . 

  Es necesario  abrir un proceso constituyente para poner en su sitio a los profesionalizados de la política  que solo defienden sus propios intereses dejando  a un lado  a los ciudadanos ; un proceso constituyente  que ponga fin a las dinámicas colonizadoras -  de intra y extra fronteras - mediante  la autodeterminación - el legítimo poder - ciudadana .

   Constituir no es otra osa que crear : el poder constituyente , verdaderamente democrático y  no un sucedáneo como la M.S. e .I. T. ,  debe ser creador  de una nueva realidad de progreso  frente a lo que nos han venido imponiendo ; un poder originario , de bajo hacia arriba , sobre el que no actúe la losa que supone la Constitución vigente y toda la legislación posterior que , en lugar de mejorarla , ha aherrojado   lo poco que en ella  había de democracia .

  Cada generación tiene derecho a cambiar las normas de convivencia  decidiendo sobre su presente y futuro : la negación de este derecho es cualquier cosa menos democracia  .

  Cualquier ciudadano , libre y sin ataduras  mentales , ha podido / puede constatar el fracaso del  calificado como  constitucionalismo social  ; un fracaso  que ha sido resultado  de no haber sido capaz de pararle los pies a quienes nos ha traído  al estado actual de cosas .

  El , fallido ,  estado del bienestar  supuso la despolitización  , la desmovilización  de una gran parte de la sociedad ; una sociedad que  , hipnotizada por la tranquilidad  que ofrece un sistema de mínimas coberturas sociales , dejó de luchar y reivindicar  con una  absoluta dejación  de sus derechos al  ponerse en manos  de gestores políticos ; unos gestores que nunca han actuado -conforme a la  Ley Natural - como buenos padres  de familia  anteponiendo , siempre ,  sus intereses , personales y / o grupales  al interés general ..

   Cuando el sistema  evidenció  los primeros síntomas de entrada en crisis  , la Constitución  no  ofrecía soluciones para restablecer  los derechos que caracteriza  a todo constitucionalismo social  al etar secuestrada por los poderes constituidos ; unos poderes que se han arrogado - exclusiva y excluyéntemente , el derecho  a modificarla  según convenga  a sus intereses partidistas .

  La crisis , en principio económica ,  ha ido evolucionando a una crisis  sistémica  : económica, social , de valores  cívicos .... . Una crisis , sistémica , consecuencia - en gran parte - del afan de lucro , de maximización de beneficios  ( políticos , sociales y económicos  ) propiciado por el neoliberalismo conservador implantado ; un neoliberalismo  que ha logrado  que del , originario ,  Estado Democrático , Social y de Derecho solo quede el Estado de Derecho  ( a secas ); un Estado segregador  de ley tras ley , norma tras norma - a cual más limitadora de la libertad ciudadana - llevando a la ciudadanía  a una narcótica resignación . Una resignación que ha evolucionado a  servidumbre voluntaria .

  La regeneración del sistema , de lo que hay ,  pasa por la decisión  de la ciudadanía : recuperar el concepto de  Soberanía Popular como instrumento  social como arma frente al Estado  para controlarlo y ponerlo al servicio de los ciudadanos  : el Estado para los ciudadanos  .

  Un Estado al servicio de los ciudadanos y no ciudadanos al servicio del Estado : más Sociedad y menos Estado .

  El Estado  carece de sentido si no tiene como fin  la permanente y continuada mejora de las condiciones vitales de la sociedad en su conjunto .

  La soberanía  no es un conjunto de leyes , normas y reglamentos , que es el reconocimiento efectivo e inmediato -  sin intermediaciones - del poder de la sociedad  para actuar  frente a las élites que atenten contra el interés general .

   El proceso  transaccional  del pasado , quizás por el marco ,en el que se produjo ,  es insuficiente hoy ya que las necesidades actuales  no encuentran respuesta adecuada y válidas en aquella  Transición ni en las constituyentes de 1978 . Y mucho menos  en la Constitución  , que resultó de aquello,  teniendo en cuenta  todas las modificaciónes  que de iure i facto se han venido realizando por los  profesionales de la política en el texto constitucional : Ley de partidos ,electoral , seguridad ciudadana ...

  Se hace necesaria una  re- politización  de la sociedad para interiorice  que su participación  es decisiva  para el logro de una enmancipación  colectiva del poder ; un poder  prostituido por los políticos profesionalizados y los mercados  ( económicos y políticos ) .

  La Constitución vigente  no ofrece cauces  adecuados para poder poner en marcha un proceso de  re-democratización . Más teniendo en cuenta todas las leyes que han  potenciado sus rigideces .

   La tarea es ingente : concienciar a la sociedad de que lo que hay  no es lo único que puede haber y así avanzar  hacia una etapa constituyente  desde la base  y , en principio , sin contar con el poder que conforman los partidos-  de élite y cuadros -  y su oligopolio político  : debemos atrevernos a pensar por nosotros mismos , sin tutela , para construir  un futuro  de soberanía y libertad .


sábado, 9 de octubre de 2021

PROCESO CONSTITUYENTE ... IX

 

    Una Democracia , cualquier Democracia , no puede pervivir sin una  real y efectiva separación de poderes : sin separación de poderes no es posible la existencia de libertades y derechos .

    La acumulación  de todos los poderes - Legislativo , Ejecutivo y Judicial  - en las mismas manos  es la definición de la tiranía  ( J . Madison )

   La Constitución , vigente , española trató de construir una democracia -equiparable a las de nuestro entorno - dividiendo poderes , instaurando un Parlamento bicameral : un régimen parlamentario  en el que el Presidente del Gobierno es elegido por la Cámara Baja y con un Consejo General del Poder Judicial  para desgubernamentalizar el funcionamiento de la justicia  y un Tribunal Constitucional  para garantizar  el cumplimiento  de los preceptos constitucionales .

  Todo muy bonito y conforme a la teoría democrática ... sobre el papel pero sin efectividad alguna por la esclerosis  congénita de la , propia , Constitución : el sistema , por esclerótico , no ha logrado  cumplir con efectividad  las funciones para lo que se diseñó  pues los poderes tienden a concentrarse , desde la horizontalidad deseable  ,  en la  verticalidad  del partido del Gobierno y del propio Gobierno .

  El Estado Social, democrático y de Derecho  está sufriendo un deterioro unifórmemente  acelerado desde el mismo día qu  que fue proclamada  la >Constitución y , últimanente , ese deterioro  se ha visto acelerado , si cabe , aún más  en su doble ( central y autonómico )   sistema de separación de poderes ; un deterioro que   afecta al prestigio social de las Instituciones del Sistema Democrático Español  ya que  la distancia entre lo  previsto para el equilibrio  entre poderes y lo que hay en  realidad  constatable es un abismo insondable . Lo que hay es una pésima caricatura  esperpéntica de lo que debería haber .

   Donde no hay separación , efectiva , de poderes no puede haber transparencia : donde no hay control efectivo del poder , no hay democracia  : una cosa  es la separación / división formal , sobre el papel normaivo , y otra la división / separación efectiva  : no basta  con que se anuncien  / enuncien  y regulen los tres poderes clásicos y sus , respectivas esferas de atribuciones , que la verdadera y efectiva división / separación de poderes es incompatible  con la injerencia institucional de un poder sobre los otros  y viceversa .

  En España , de facto  , el Legislativo es un mero apéndice  - sabemos loa utilidad del apéndice en la anatomía humana -  del Ejecutivo mor  de las mayorías parlamentarias que le otorgaron su confianza  : el Ejecutivo tiene asegurada la convalidación de sus decretos mediante un  paseo  por las cámaras en las que  sus aliados aplaudirán , hasta con las orejas aunque se trate  de una barbaridad  sideral .

  El Órgano Supremo  de Gobierno del Poder Judicial - quien provee todos los puestos clave  de la judicatura -  está compuesto  por vocales  designados , digitalizados ,  por la mayoría de la Cámara ( una mayoría que la conforma  el / los partido/s  que dan soporte  al Ejecutivo )  de entre los candidatos  presentados por  cuadros de mando de las asociaciones judiciales ; unas asociaciones que actúan como correa de transmisión  de los partidos políticos  (  progresistas y conservadores )

  A esto hay que sumar   que el Presidente del C.G.P.J.  ha sido nombrado y en ejercicio antes de que  sean nombrados  los miembros del C.G.P.J. y constituido éste  : el Ejecutivo  detenta  más poder jurisdiccional  que el propio  Consejo o cualquier Tribunal .

  Creo , queda claro  que todo el sistema judicial es otro apéndice  del Ejecutivo y , a mayor abundancia ,  todos sus  medios , materiales y humanos  , dependen del Gobierno ( Ejecutivo ) .

  En cuanto al Tribunal Constitucional  hay que señalar  que su composición  es fiel reflejo de las mayorías parlamentarias  y , por ende , está controlado por el Ejecutivo ; no forma parte  del Poder Judicial , pero desarrolla  funciones de gran importancia y trascendencia : vigilancia y corrección sobre el contenido - espíritu y letra - del cumplimiento  de la Constitución y  garante  de que los poderes del Estado se atengan  a los principios constitucionales .

  La separación de poderes  desaparece cada vez  que los poderes constituidos  actúan violando la Constitución  modificándola  - directa o indiréctamente - sin respetar los procedimientos  ( regulados en el texto constitucional )  . Hagamos memoria  :  las modificaciones  - y el procedimiento -  realizadas para cumplir los deseos / órdenes de Estrasburgo/ Bonn/ Bruselas .

  El Tribunal Constitucional está plénamente legitimado  para llevar a cabo su función de control de las leyes ( centrales ,autonómicas ...) y que el poder sea ejercido vertical y horizontálmente .

  Hemos asistido , estamos asistiendo a un  progresivo proceso de aniquilamiento del Tribunal Constitucional  : durante mucho tiempo  tuvo  autoridad constitucional  y neutralidad política  -condición indispensable  para el cumplimiento de sus funciones -, pero la actitud  política de " zarpa a la greña "  en la que vienen enzarzándose  los partidos ( más interesados en la defensa de lo suyto  que en otras cosas ) , ha afectado grávemente a ese Órgano ; un Órgano que debería ser árbitro jurídico en la mediación de disputas políticas  pero que está dando una imagen  de parcialidad conduciéndose por lealtades políticas y enfangamiento  en el lodazal político. Y ello hasta tal punto que  su prestigio  de antaño ha quedado hecho añicos  al no actuar , cláramente , con sentido de Estado .

   Los partidos políticos están obsesionados con el control del T.C. ; una obsesión  en la que colabora el propio T.C.  al entrar a  todos los trapos que le ponen delante  enfrascándose en la  lucha partidista .     Véase , al efecto y como botón de muestra ,  todo el akelarre que supuso  el asunto Estatut catalán : de aquello el T.C. salió tocado y su desprestigio , cara a los ciudadanos ,  va perdiendo  prestigio . Y no solo por la torticera acción de los partidos políticos, que él mismo ha contribuido a ese desprestigio por dejación de las  funciones que le atribuye la Constitución .

  No es posible que funcione un sistema de justicia - y menos en lo constitucional - donde los partidos , los grupos políticos y fácticos , en Cortes -  generales o autonómicas - se empecinan  en trasladar  sus  guerras  a la jurisdicción constitucional pretendiendo  el arrime de ascua del T.C. a sardina propia .

   El  Recurso  de inconstitucionalidad , in abstracto ,  quedó establecido para la defensa de las minorías , para que pudiera discutirse  las , diferentes , interpretaciones del texto constitucional .

  Muy en contra , han convertido esa institución  en arma de doble filo en manos  de los perdedores  en cualquier discusión parlamentaria , en los procesos legislativos y como forma de hacer  " política " : se está utilizando al T.C.  para unos fines que son muy diferentes  para lo que fue creado .

  Rebus sic stantibus ( quien pacta , queda obligado ) : esta sentencia , muy utilizada  en derecho ,  ha sido traducida  , interpretada  por la clase política  como  ¿ te di ? , ¡ dame !  pues el que recibe está obligado a dar .

  El proceso de designación  de los componentes del T.C.  , y del propio C.G.P.J. , por parte de las Cortes Generales .  debería asegurar  e incentivar  su independencia  frente a los partidos políticos  imposibilitando  cualquier posibilidad  de utilización partidista de esas instituciones .

  Lejos de ello ,el sistema de cuotas  ha sido potenciado de tal forma que  se viene utilizando para provisionar vacantes  en multitud de órganos  ( T.C. , C.G.P.J. ,Tribunal de Cuentas ...)  en forma tan descarada  que la ciudadanía ha llegado al convencimiento de que esos órganos y organismos  están en manos de los políticos de turno y al servicio de sus intereses . Particulares o de partido .

  ¿ Quién vigila al que debe vigilar  ?. Estando la cosa como está  es la política de Juan Palomo en un contexto  en el que parece que una mano lava la otra  y entre las dos la cara  ( de cemento armado ).

MUNICIPALISMO DESDE LA PERSPCTIVA DE UN CARLISTA

   ...Quiero que el Municipio tenga vida própia y próspera ....    ( De la carta - manifiesto  de D. Carlos ( VII ) a su hermano  D. Alfonso...