jueves, 14 de octubre de 2021

LA DEMOCRACIA QUE DEBERÍAMOS TENER


  La Democracia , la auténtica,  es la mejor herramienta  para la de tección  de  necesidades  y arbitrar medios  para satisfacerlas  ( defi nición de política )  . Cuanto más  desarrollada esté , mayores serán las oportunidades  para mejorar  la calidad de vida de los ciudadanos .

  No se nos debe escapar  la necesidad de emprender una mejora en  la democracia española ( o a la española ) depurando todos los condicio namientos , cortapisas y rigideces que supone  la Constitución  y las leyes vigentes .

  Democracia es una forma de convivencia  en la que los problemas  , los conflictos se resuelven  en forma pacífica , con justicia y equidad  . Con plena garantía de los Derechos Humanos .

  Democracia  es distribución  , igual ,  del poder  entre todos los ciudadanos : el poder emana de los ciudadanos  y , éstos ,  deben tener  iguales oportunidades , obligaciones y derechos : todos los ciu  dadanos tienen el mismo valor .

   La igualdad  entre los ciudadanos  es el cimiento  sobre el que se edifica  la Democracia  y , esa igual dad , debe  campear en todos los aspectos  de la vida ciudadana : la democracia debe estar presente en toda la vida social y la igualdad ( que no igualitarismo )   da sentido a la Democracia .

   El marco  de convivencia democrática  no es otro que la libertad . Una libertad que no es absoluta  ya que la libertad personal  puede colisionar  con la de los demás ( tu libertad finaliza donde empieza la mía )  y , por ello ,  debe tener unos límites : una auténtica democracia  es aquella donde  hay plena liber tad  , todas las libertades . Muy especialmente  la libertad de pensamiento y expresión .

   Democracia no solo es  la preponderancia  de la mayoría  , que es el respeto a la minoría .

   El objetivo de toda sociedad , que se tilde de democrática ,  debe ser el conseguir  el más alto nivel de participación de los ciudadanos :  que el ciudadano tenga en sus manos  el control de lo público .

 La  democracia representativa  es , hoy por hoy , el único modelo que se ha llevado a la práctica pues  facilita la gobernabilidad  y la gobernanza ( no son sinónimos ) . Aunque  la Democracia Representati va  tenga  el inconveniente de tender a reducir al máximo la participación ciudadana constriñéndola  al solo marco de los partidos políticos tradicionales ; unos partidos en los que , normálmente  , sus afilia dos  tampoco tienen  oportunidades  de participación real , efectiva  .

  Se dice que la Democracia Representativa  está basada  en el sufragio universal , libre y secreto , para proveer  los cargos  públicos , en la separación e independencia  de poderes y en el control  por parte de la ciudadanía sobre ellos  .

  Ya hemos visto , en anteriores ocasiones , que nuestro sistema - Régimen del 78 - es nominálmente de mocrático y representativo pero que en realidad se trata de una  Democracia , aguada  :  más nominal que efectiva .

  Dicho ésto , ¿ qué se debería hacer para lograr  que nuestra  Democracia  mereciera tal  nombre y adje tivo  ? .

  Tenemos , gracias a los cambalaches y trapicheos  de la Transición  - y su bendición  mediante la Cons titución de 1978 -   una Democracia Representativa   con más agujeros  que un colador   y una Constitu ción  que necesita un montón de reformas  (ya que no están por la labor  de abrir un proceso constituyen te ) : un  reseteo del sistema  para instaurar  una auténtica  representación ciudadana . 

  Tenemos , dicen ,  Democracia Representativa : los ciudadanos eligen  , cada n años  , a sus represen tantes para que ejecuten ciertas políticas en nombre de la ciudadanía ; unas políticas  que debería ser  las que  , préviamente ,  ofertaron en  su programa electoral ;  un programa  cuyo contenido   recibió   el refrendo  ( mayoritario o no ) de los ciudadanos . 

   Hasta aquí la teoría , pero , efectívamente , ¿ es así ?  . A la pregunta solo cabe una respuesta : NO , 

  La Constitución de 1978  , se dice ,  consagra la separación de poderes , garantiza los derechos ciudada nos  y establece límites a esos derechos para que sean compatibles los de unos y otros .

  La Constitución de 1978 , dicen ,  garantiza los derechos y libertades fundamentales :  alimentación , vestimenta , trabajo , educación ,vivienda , sanidad , justicia y seguridad ; libertad de pensamiento y ex presión , reunión y asociación  ; el derecho  a una información plural y veraz ....

  ¿ Es eso cierto ? . En teoría y sobre el papel es cierto , pero como dijo un político decimonónico : Ha gan Vds. la Ley que  yo aré el Reglamento " ...

   A fe  que han cumplido esa sentencia :  las leyes  y los reglamentos que se han promulgado para apli car la Constitución  de 1978  han dejado a ésta  en  papel mojado  : los principios proclamados en  la Constitución  han quedado en simples declaración  sin apenas posibilidad  de , efectiva , aplicación  por parte de la ciudadanía .

  ¿ Qué reformas  habría que emprender ?

    *  La Cámara de los Diputados  , el Congreso debe ser una verdadera  Cámara de Representantes de los ciudadanos y no de los partidos políticos  .

    * El  Senado  debe ser  Cámara Territorial , de  representación de los territorios ; una Cámara donde se conoce y legisla   sobre la relación entre territorios  y éstos con el Estado 

   *  Los cargos públicos deben ser elegidos en votación , libre, directa y secreta ( el anonimato es la mayor garantía de libertad ) : con ello se evita la  disciplina de voto partidista con sus hijuelas  el clien telismo ,cooptación ,  nepotismo , regalismo , etc .

  * Reimplatación del Mandato Imperativo  de  los electores sobre los elegidos : la obediencia de los elegidos es debida  a los electores y no a los partidos políticos .

  * Reimplantación del  Juicio de Residencia :  todos los cargos políticos y administrativos , sin excep ciones , electos o designados  deben someterse , una vez finalizado su mandato , a la fiscalización - efec tiva y exhaustiva  -  sobre sus acciones e inacciones no pudiendo aceptar cargo alguno en tanto no se sus tancie esa fiscalización  . En caso de ser encontrada cualquier acción reprochable  - penal o administra tívamente -  no podrán optar a reelección  o nombramiento  con independencia de la corrección  penal o administrativa procedente  y sin que pueda acogerse  a medida de gracia alguna .

  * La  financiación de los partidos políticos , sindicatos  , etc .  debe ser  totálmente transparente y controlada por un órgano habilitado ad hoc .  Los fondos deben provenir  de las cuotas de sus afiliados  con prohibición   de cualquier financiación proviniente  de personas  físicas o jurídicas ( donaciones , subvenciones , etc )  : no debe ser permitida  la financiación externa  y las  ayudas del Estado deben cir cunscribirse  al tratamiento fiscal de sus ingresos , y facilitarles el acceso a los medios  estatales de co municación  social .

   Los gastos electorales de los partidos políticos  serán financiados por los medios propios del partido sin posibilidad  de acceso  a crédito y financiación de terceros ( entidades crediticias , empresas, etc ) .

  Los actos electorales  deben ceñirse  , exclusívamente , a dar  a conocer  sus propuestas  al elecorado . Para ello , el Estado  pondrá a disposición  de todas las candidatos - fuere del tamaño que fuere  y en condición de extricta igualdad -  todo tipo de medio de comunicación  social  e infraestructuras  de titu laridad pública  necesarios  para la realización  de sus actos informativos . Las mismas facilidades  se le dará a todos los partidos políticos durante la legislatura.

  Los partidos políticos , sindicatos , etc .  deben tener un funcionamiento interno  , a todos los niveles , democrático : obligación de elecciones internas a fin de que todos los cargos orgánicos del partido  sean elegidos por sus militantes o afiliados .

   *  El Poder Ejecutivo y el  Poder Legislativo  deben ser elegidos , diréctamente por los ciudadanos mediante elecciones separadas  -  elecciones presidenciales y elecciones  legislativas -  para conseguir  una , efectiva , separación de poderes y que el Ejecutivo dependa diréctamente de la ciudadanía y no del partido que obtuvo la mayoría .

   *  El Poder Judicial  no debe ser designado por el Poder Político :  los integrantes de sus  Organos  directivos  deben  ser elegidos  por un órgano colegiado  de carácter estatal  conformado en forma mixta  : miembros elegidos diréctamente por la ciudadanía  y por juristas elegidos por los jueces y fisca les . La función de este organo colegiado  será la de asesoramiento  a los  elegidos por la ciudadanía . Los  componentes  de la dirección  ( a cualquier nivel )  de los partidos políticos no podrán  formar par te de candidatura a elección .

  Por lo dicho ,  se hace necesaria la implantación  de Elecciones judiciales  independientes y diferencia das  de las elecciones presidencial y legislativa .

  El  Poder Judicial debe  contar con independencia financiera para que su independencia respecto  al Poder Político sea total y efectiva y su único controlador lo sea la ciudadanía .

  Los  miembros de la judicatura  deben ser elegidos entre candidatos , juristas de prestigio , propues tos por los jueces .

  El  Fiscal General del Estado  no podrá ser miembro  de partido político alguno y su elección corres ponderá al Consejo General del Poder Judicial entre candidatos  propuestos por las asociaciones de jueces y fiscales .

   Se eliminará  cualquier  Tribunal de Excepción :  Audiencia Nacional , jurisdicción Militar  ...

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