miércoles, 13 de octubre de 2021

JUICIO DE RESIDENCIA : INSTITUCIÓN A RECUPERAR

 

El JUICIO DE RESIDENCIA   era una Institución Jurídica  relacionada con el control  de la gestión  de los funcionarios públicos : un procedi miento por el que los cargos políti cos  y administrativos eran someti dos  a una investigación  sobre su actuación  en el ejercicio de sus fun ciones .

 Su fin era minimizar  y evitar , en lo posible ,  abusos , corrupción , corruptelas , nepotismos , etc  en el ejercicio de sus funciones  por cualquier servidor público .

  Durante el juicio  se analizaba  , municiósamente ,  el periodo de ejercício del cargo : si se había cum plido  fiel y próbamente  las funciones del cargo ostentado y usado corréctamente  los fondos  puestos a su cargo .

  Se componía de dos fases : 

   *   Secreta :  el juez designado interrogaba  a denunciantes y posibles testigos sobre la actuación  y conducta del investigado  con examen de los documentos pertinentes al ejercicio  de la función encomendada .

  Con el testimonio de los  testigos , más lo deducido  de la documentación pertinente , se procedía a  establecer los cargos  o el sobreseimiento y archivo de la causa .

 * Pública :  los ciudadanos , grupo de ellos , asociaciones , gremios  , etc .  que se consideraran perjudicados podían  , líbremente ,  presentar  sus reclamaciones  dándosele al investigado audiencia para que presentara   cuantas alegaciones , pruebas , testimonio , etc  . en su defensa que tuviera a bien  

  Finalizado este periodo de audiencias y testimonios  , deliberado al respeto , el Juez  actuante  redactaba y publicaba  sentencia  ; sentencia que era remitida  a la Audiencia  correspondiente  para aprobación y ejecución .

  Las penas impuestas iban  desde  multas  económicas  con inhabilitación  temporal o perpetua  - interdicción civil - a penas de prisión  y confiscación de bienes .

  En este procedimiento no solo e juzgaba  posibles corrupciones , que también entraba en su jurisdicción  el buen o mal gobierno -

  Esta Institución funcionó , con más o menos intensidad y fortuna  hasta que fue derogada en las Cortes ( más bien Asamblea )  de Cádiz  - 1812 : la Pepa - 

  Tómese nota  por parte  de los apolo - jetas  defensores  de las Cortes de Cádiz   y gentes no avisadas  : se eliminó  una magnífica  herramienta   de prevención ,  lucha y castigo  de la corrupción , mal gobierno  y abuso político por parte de los servidores públicos .... pero se conservó el fuero de senadores y diputados . ¡ Por algo sería !  ( Y en eso estamos ...) 

  ¿ Partidario  de la reimplantación - stricto sensu - del Juicio de Residencia  ?   Pues no , pero si de la creación de una Institución  inspirada  en él  y la eliminación  del fuero propio del Jefe del Estado - eliminando su , mal  entendida ,  inviolabilidad -, del Presidente del Gobierno , ministros , senadores y diputados , etc ..

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