Pero , ¿ que eso del aforamiento ? . Pues un fuero juris diccional , especial , del que disfrutan diputados ( nacio nales y autonómicos ) , senadores y otros por el que el conocimiento de las causas en las que estén implicados es tá reservado a un tribunal concreto : el Tribunal Supe rior de Justicia de las CC. AA. ( para los autonómicos ) o el Tribunal Supremo (para los estatales ).
Según la Constitución de 1978 , la responsabilidad penal del Presidente del Gobierno y sus ministros solo podrá ser exigida ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ; la de los diputados y senadores ante la Sala segunda de ese Tribunal y otros tribunales "espe
ciales "
Los distintos Estatutos de Autonomía determinan - siguiendo en eso a la Consti - el aforamiento de los miembros del , respectivo , gobierno y Asamblea .
La Ley del Poder Judicial da a la Sala de lo Penal del T. Supremo la exclusividad del enjuiciamiento de : Presidente del Consejo Superior , Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo ; vocales del CSPJ , magistrados del Supremo y Constitucional ; presidentes y magistrados de la Audiencia Nacional y de los distintos Tribunal Superior ; Fiscal General del Estado, Fiscales de Sala del Supremo ; presidentes y consejeros del Tribunal de Cuentas y del Consejo de Estado ; Defensor del Pueblo .... y todos aquellos que determine los , respectivos , estatutos de autonomía .
El aforamiento es un "invento " liberal para evitar la "intromisión " del Poder Judicial en el Le gislativo y , dicen , en defensa de la libertad de expresión de los miembros de las cámaras , etc .
En si , el invento , no está mal traído ... si se limitara a las manifestaciones de los miembros de las cámaras ( y , por extensión , a los aforados citados ) en ejercicio de las funciones propias del cargo y no , como sucede , extendido a todos los delitos , incluso , comunes por ellos cometidos .
Con ese "invento " , no solo son los tribunales "especiales " los llamados a juzgar a los aforados que , en el momento de la imputación , lo son los TT. SS. quienes deciden si se procede a imputación o no : si una Audiencia Provincial - p.e.- ve una causa en la que está implicado un aforado , debe remitir todo el expediente documental al Tribunal correspondiente a su fuero para que sea éste quien de cida .
Para más recochineo frente a la , supuesta , igualdad ante la Ley toda causa incoada contra aforados , va a parar conjunta y diréctamente al TSJ o T.S. respectivo .
Condenan el feudalismo , el absolutismo , las instituciones forales ...; se les llena boca y teclado de ¡ vivas ! a la Democracia .... pero no se paran a pensar que jamás , en las Españas , ninguna gobernan za acaparó tanto poder como la actual y que en aquel sistema se les exigía mucho más a los gobernan tes que hoy día.
Las libertades de lugares , villas , burgos y reinos ; las libertades y derechos de artesanos y burgueses ... , entonces , eran muy superiores a las actuales y los tribunales eran total y verdaderamente libres e independientes .
El control , entonces , del poder era total porque estaba sometido a leyes , insoslayables , defensoras de los débiles frente a los poderosos y los que "mandaban " tenían que demostrar su valía mediante sis temas que están a años luz , en cuanto a eficacia se refiere , de la actual democracia .
Todos conocemos , aunque sea de oídas , la "Jura de Santa Gadea " : ¡ un ciudadano obligando a todo un rey a jurar su no participación en el asesinato de su hermano ! . También conocemos las historias de Zalamea y Fuente Ovejuna .
¿ Imaginais que alguien , hoy , ahora , pretenda obligar al Jefe del Estado a jurar que nada tuvo que ver en la muerte de su hermano , con el 23 de febrero , que no ha recibido comisiones y pagado a concu binas ... ; a alguien obligando a Mariano Rajoy , a sus ministros , a cualquier político a jurar que nada tuvo que ver en el saqueo sistemático de España ?
Hemos dejado en el camino conquistas y derechos ; conquistas y derechos que han sido laminados por la "clase política "; una clase que , históricamente , es la que menos controles ha tenido en toda la huma na historia : se hizo desaparecer el " JUICIO DE RESIDENCIA " - sistema de control a políticos y fun cionarios - y pergeñó el AFORAMIENTO ...
El JUICIO DE RESIDENCIA era una institución jurídica , un procedimiento judicial por el que , al término del desempeño del cargo , el político , el funcionario era sometido a una "encuesta " - revi sión - pública sobre sus actuaciones todas y en audiencia pública eran escuchados todos los cargos o loas que hubiere en contra o a favor del cesante . Mientras durase el procedimiento , el encuestado no podía abandonar el lugar donde ejerció el cargo ni asumir otro en tanto no se sustanciara todo el proce dimiento : un procedimiento sumario y público en el que cualquier ciudadano podía exponer denuncias o loas . En caso de sustanciarse cualquier irregularidad , el político o funcionario , podría ser condena do a multa sustanciosa ( económicamente hablando ) , cárcel y ser inhabilitado de por vida para cual quier puesto de la administración pública .
¿ Hemos progresado ? .
Los distintos Estatutos de Autonomía determinan - siguiendo en eso a la Consti - el aforamiento de los miembros del , respectivo , gobierno y Asamblea .
La Ley del Poder Judicial da a la Sala de lo Penal del T. Supremo la exclusividad del enjuiciamiento de : Presidente del Consejo Superior , Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo ; vocales del CSPJ , magistrados del Supremo y Constitucional ; presidentes y magistrados de la Audiencia Nacional y de los distintos Tribunal Superior ; Fiscal General del Estado, Fiscales de Sala del Supremo ; presidentes y consejeros del Tribunal de Cuentas y del Consejo de Estado ; Defensor del Pueblo .... y todos aquellos que determine los , respectivos , estatutos de autonomía .
El aforamiento es un "invento " liberal para evitar la "intromisión " del Poder Judicial en el Le gislativo y , dicen , en defensa de la libertad de expresión de los miembros de las cámaras , etc .
En si , el invento , no está mal traído ... si se limitara a las manifestaciones de los miembros de las cámaras ( y , por extensión , a los aforados citados ) en ejercicio de las funciones propias del cargo y no , como sucede , extendido a todos los delitos , incluso , comunes por ellos cometidos .
Con ese "invento " , no solo son los tribunales "especiales " los llamados a juzgar a los aforados que , en el momento de la imputación , lo son los TT. SS. quienes deciden si se procede a imputación o no : si una Audiencia Provincial - p.e.- ve una causa en la que está implicado un aforado , debe remitir todo el expediente documental al Tribunal correspondiente a su fuero para que sea éste quien de cida .
Para más recochineo frente a la , supuesta , igualdad ante la Ley toda causa incoada contra aforados , va a parar conjunta y diréctamente al TSJ o T.S. respectivo .
Condenan el feudalismo , el absolutismo , las instituciones forales ...; se les llena boca y teclado de ¡ vivas ! a la Democracia .... pero no se paran a pensar que jamás , en las Españas , ninguna gobernan za acaparó tanto poder como la actual y que en aquel sistema se les exigía mucho más a los gobernan tes que hoy día.
Las libertades de lugares , villas , burgos y reinos ; las libertades y derechos de artesanos y burgueses ... , entonces , eran muy superiores a las actuales y los tribunales eran total y verdaderamente libres e independientes .
El control , entonces , del poder era total porque estaba sometido a leyes , insoslayables , defensoras de los débiles frente a los poderosos y los que "mandaban " tenían que demostrar su valía mediante sis temas que están a años luz , en cuanto a eficacia se refiere , de la actual democracia .
Todos conocemos , aunque sea de oídas , la "Jura de Santa Gadea " : ¡ un ciudadano obligando a todo un rey a jurar su no participación en el asesinato de su hermano ! . También conocemos las historias de Zalamea y Fuente Ovejuna .
¿ Imaginais que alguien , hoy , ahora , pretenda obligar al Jefe del Estado a jurar que nada tuvo que ver en la muerte de su hermano , con el 23 de febrero , que no ha recibido comisiones y pagado a concu binas ... ; a alguien obligando a Mariano Rajoy , a sus ministros , a cualquier político a jurar que nada tuvo que ver en el saqueo sistemático de España ?
Hemos dejado en el camino conquistas y derechos ; conquistas y derechos que han sido laminados por la "clase política "; una clase que , históricamente , es la que menos controles ha tenido en toda la huma na historia : se hizo desaparecer el " JUICIO DE RESIDENCIA " - sistema de control a políticos y fun cionarios - y pergeñó el AFORAMIENTO ...
El JUICIO DE RESIDENCIA era una institución jurídica , un procedimiento judicial por el que , al término del desempeño del cargo , el político , el funcionario era sometido a una "encuesta " - revi sión - pública sobre sus actuaciones todas y en audiencia pública eran escuchados todos los cargos o loas que hubiere en contra o a favor del cesante . Mientras durase el procedimiento , el encuestado no podía abandonar el lugar donde ejerció el cargo ni asumir otro en tanto no se sustanciara todo el proce dimiento : un procedimiento sumario y público en el que cualquier ciudadano podía exponer denuncias o loas . En caso de sustanciarse cualquier irregularidad , el político o funcionario , podría ser condena do a multa sustanciosa ( económicamente hablando ) , cárcel y ser inhabilitado de por vida para cual quier puesto de la administración pública .
¿ Hemos progresado ? .
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