jueves, 20 de septiembre de 2018

LA CONSTI DE 1978 Y LA ¿ DEMOCRÁCIA ? ESPAÑOLA


¿¡ HASTA CUANDO !?

 " Aufer et rapere .... falsis nominibus res publica  ( A la rapiña y al robo le llaman gobernar )"
  Más o menos , así clamaba Tácito  denunciando al gobierno de su época  .
    " Quosque  tandem  abutere patientia nostra ? ( ¿Hasta cuando abusarás de nuestra pacencia ? ) "
   " Quam diu furor iste tuus nos eludet  ? ( ¿ Hasta cuando te reirás de nosotros ? ) "
   " Quam ad finen sese affrenata iactabit audacia ? ( ¿ Cuando acabará tu desenfrenada audacia ? ) "

  A sí - traducción libre -  empezaba el discurso de Cicerón  ante las maquinaciones de Catilina  para dar un golpe de Estado y hacerse con el poder absoluto .

   Han an pasado siglos y estamos en las mismas : al robar le llaman gobernar y los  Catilina de turno  abusan de la paciencia de los ciudadanos, se rien de ellos e intentan hacerse con el poder absoluto . ¡ Quosque tandem ! .

  " Si los que gobiernan dejan de ser gobernantes y se convierten en verdugos , te chupan la sangre , te ofenden y mancillan .... la revolución es un derecho : ¡ ejércelo ! .

     Mucho ganaríamos todos si hiciéramos un relectura de las "Catilinarias " de Cicerón  y las de Juan Motalvo . (Ecuador - Panamá 1880 ) .

   ESTADO ... ¿ DEMOCRÁTICO ? 

   La teoría  política  nos dice que el Gobierno ( Poder Ejecutivo ) es una emanación de la mayoría existente y que  esa mayoría  -absoluta o consensuada -  designa al Presidente del Gobierno .

   La teoría política nos dice  que jueces y magistrados ( Poder Judicial )  quedan sujetos al imperio de la Ley y el Parlamento ( Legislativo ) y que es éste quien fija los parámetros jurídicos  por los que  los miembros del Poder Judicial  están , básicamente , sujetos a las Leyes  aprobadas por el Legislativo .

   La teoría política nos dice que el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial deben estar subordinados al Poder Legislativo .

   Eso , entre otras coas ,  nos dice la teoría política. pero  podemos constatar en en  España no es así .

  LEGITIMIDAD DE ORIGEN Y  ¿ EJERCÍCIO ?

     LEGÍTIMO :  conforme a la Ley
     LEGITIMIDAD  :  vínculo -de doble dirección -  entre quien  ejerce el "poder " entendido como delegación y quien otorga ese poder ; un "contrato " por el que la ciudadanía apodera a quien , en su nombre y representación , realice determinadas y  pautadas  acciones .
   Si el mecanismo utilizado  por el que determinado partido político alcance el poder es ajustado a la Ley , ese  "poder " tiene legitimidad de origen 
    La ciudadanía ( poderdante ) , mediante elecciones libres ,  manifiesta su voluntad y decisión  de otorgar el "poder " a determinado partido ( apoderado ) lo es porque su plan de gobierno  ( programa electoral )  lo considera el mejor para el bien común  : legitimidad de origen
    Si el partido político y el Gobierno al que sustenta cumple con le plan por el que fue elegido , sumará la legitimidad de origen  la legitimidad de ejercício .
   Horabién , si ese partido político , el Gobierno al que sustenta ,  una vez alcanzado la gobernanza del país ejerce el poder que se le dio en forma no  ajustada a sus promesas electorales, está incumpliendo un contrato e incurre en ilegitimidad de ejercício .
   Un Gobierno , cualquier Gobierno , no puede aducir " circunstancias sobrevenidas "  como justificación  de incumplimiento  del plan con el que pidió y obtuvo la confianza mayoritaria de la ciudadanía . En tal circunstancia , debe poner a disposición de sus poderdantes el poder que se le otorgó .
   El Gobierno del Reino de España , el partido político que lo sustenta , ha incumplidoi reiterada y sistemáticamente ,  la parte que le correspondía de aquel contrato de apoderamiento aduciendo "circunstancias sobrevenidas " : debe renunciar y poner a disposición de la ciudadanía el poder que se le otorgó .

   ¿ SEPARACIÓN DE PODERES ?

     La Democracia no puede existir - y menos pervivir -  sin una efectiva separación de poderes : sin esa separación no es posible que existan libertades y derechos .
   " La acumulación  de todos los poderes - Legislativo ,Ejecutivo y Judicial - en las mísmas manos es la definición mísma de la tiranía " ( J. Madison )
     Con la Coonstitución de 1978 se trató de construir  una democracia , equiparable  a las de " nuestro entorno " , dividiendo poderes e  instaurando un Parlamento bicameral : un Régimen Parlamentário en el que el Presidente del Gobierno lo sería por elección de la "Cámara Baja " , con un  Consejo del Poder Judicial  que "desgubernamentalizara el funcionamiento de la Justicia y un Tribunal Constitucional  como garantía del cumplimiento de los mandatos constitucionales .
   Todo muy "democrático " , sobre el papel, pero sin  efectividad alguna  por la , congénita , esclerosis múltiple de la que padece la Constitución : el "sistema " , por esclerótico , no ha logrado cumplir , con efectividad , las funciones para las que fue diseñado : los poderes tienden a concentrarse desde la horizontalidad diseñada a la verticalidad del partido ( los partidos ) que sustentan al Gobierno  y del própio Gobierno .
   El "Estado Social , Democrático y de Derecho " está sufriendo un deterioro  - unifórmemente acelerado -  desde el mismo día que se proclamó la Constitución  y , últimamente ,  ese deterioro se ha acelerado , aún más si cabe , en su sistema  de doble separación de poderes ( central y autonómico )  ; un deterioro que afecta al prestigio social de las Instituciones del Sistema  Democrático Español :  la distancia entre lo "previsto " para el equilibrio de poderes y lo "real "  y tangible es un abismo insondable . " Lo que hay " es una  , mala ,  caricatura  de lo que debería ser  ( debe haber  pero ... ¡ no hay ! ) .
   Donde no hay separación de poderes no puede haber transparencia ; donde no hay control del poder no hay democracia porque una cosa  es la división formal - sobre el papel normativo - y otra la división efectiva  : no basta con enunciar y regular los poderes clásicos y sus correspondientes  esferas de atribución , que la verdadera y efectiva división / separación  de poderes es , totálmente , incompatible con injerencias institucionales de un poder sobre los demás .

  LEGISLATIVO :  en España es un mero apéndice  - ya sabemos la "utilidad " del apéendice en el cuerpo humano -  del  Ejecutivo mor de mayorías gubernamentales y las oligarquías que le prestan  su apoyo : el Ejecutivo tiene asegurada la convalidación  de sus decretos mediante  un "paseo " por la Cámaras ; una Cámaras  donde serán aplaudidas - hasta con las orejas - aunque se trate de  la barbaridad  más esperpética .

  JUDICIAL : el Organo supremo del Gobierno del Poder Judicial - que es el que nombra a todos los que  cubren los puestos clave de la judicatura -  está compuesto por vocales designados por la mayoría de la Cámara ( mayoría conformada por los partidos que dan soporte al Ejecutivo )  de entre los que presentaron , como elegibles ,  los cuadros de mando de las asociaciones judiciales  ; unas asociaciones que , a su vez , son meras correas de transmisión de los partidos políticos .
  Para más recochineo , el Presidfente  del Organo Supremo del Poder Judicial ...es nombrado ántes de que quede constituido el Consejo : el Ejecutivo detenta más `poder judicial que el própio Consejo o cuelquier Tribunal . : todo el sistema judicial es un "apédice " del Ejecutivo y , para mayor abundancia , todos sus médios ( humanos y materiales ) dependen del Gobierno .

   En ralación al  TRIBUNAL CONSTITUCIONAL , sus miembros son un fiel reflejo de las mayorías parlamentárias y , por ende , bajo su control .


 
 

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