martes, 21 de agosto de 2018

DESMONTANDO LAS MENTIRAS DE LOS FRANQUISTAS - I -

NOMBRAMIENTO DE FRANCO COMO        " JEFE DEL ESTADO NACIONAL "


  Decreto nº 136 de 29 de septiembre  de 1936 ( B.O.E 30/09/36 )
  La Junta de Defensa Nacional , creada por Decreto de veinticuaro de julio de mil novecientos treinta y seis  , y el régimen provisional de Mandos Combinados , respondía a las más apremiantes necesidades de la liberación de España .
  Organizada con perfecta normalidad la vida civil en las provincias rescatadas , y establecido el enlace entre los varios  frentes de los ejércitos que luchan por la salación de la pátria , y a la vez por la causa de la civiliación , imponiéndose ya un régimen orgánico y eficiente , que responda adecuadamente a la nueva realidad española y prepare , con la máxima autoridad , su porvenir .
   Razone de todo linaje señalan  la alta conveniencia de concentrar en un solo poder todos aquellos que han de conducir a la victoria final y al establecimiento , consolidación y desarrollo del Nuevo estado , con la asistencia fervorosa de la Nación .
   En Consideración a los motivos expuestos , y segura de interpretar el verdadero sentir nacional ,esta Junta , al servicio de España , promulga el sigiente Decreto :
  Art. 1.- En cumplimiento de acuerdo adoptado por la Junta de Defensa Nacional , se nombra JEFE DEL GOBIERNO DEL ESTADO ESPAÑOL ( 1 ) al Exmo . General de Divsión Don Francisco  Franco Bahamonde , quien sumirá todos los poderes del nuevo Estado .
  Art.2.- Se le nombra asimismo Generalísimo de las fuerzas nacionales de tierra , mar y aire , y se le confiere el cargo de General en Jefe de los Ejércitos de Operacioes.
   Art.3.- Dicha proclamación será evestida de forma solemne ,ante la representación adecuada de todos los elementos nacionales que integran este movimiento liberador , y de ella se hará oportuna comunicación a los Gobiernos extranjeros .
   Art. 4 .- En e breve lapso que transcurra hasta la transmisión de poderes , la Junta de Defensa Nacional segirá asumiendo cuantos acualmente ejerce .
   Art. 5 .- Quedan dergadas y sin vigor cuantas disposiiones se opongan a este Decreto.



(1 ) Se le nombra  JEFE DEL GOBIERNO  que no Jefe del Estado e introduendo una " trampa " : asumirá todos los poderes del Estado ....
  Luego se  publicó en el BOE que se le había nombrado JEFE DEL ESTADO .

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